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REVISTA DE JURISPRUDENCIA LABORAL - Número 6/2023

Presentación del número 6/2023 de la Revista de Jurisprudencia Laboral (RJL)

Autores:
Sempere Navarro, Antonio V. (Director de la Revista de Jurisprudencia Laboral. Magistrado del Tribunal Supremo. Catedrático de Universidad (s.e.))
Arias Domínguez, Ángel (Subdirector de la Revista de Jurisprudencia Laboral. Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Extremadura)
Areta Martinez, María (Secretaria de la Revista de Jurisprudencia Laboral. Profesora Titular de Universidad de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad Rey Juan Carlos)

La entrega del mes de julio de la RJL analiza diez resoluciones sociales de actualidad, como es habitual.

La primera de ellas, la STC 31/2023, de 17 de abril, expuesta por Eduardo Rojo Torrecilla, considera vulnerado el derecho constitucional a la tutela judicial por parte de un Juzgado que fijó la fecha de celebración del acto de juicio para dos años después de la presentación de la demanda. No determina, sin embargo, cuál es la medida concreta que debe adoptarse para reparar el perjuicio causado, dejando esta cuestión al criterio del juzgador de instancia.

La STS-CONT 661/2023, de 23 de mayo, estudiada por Susana Rodríguez Escanciano, entiende razonable para la selección de personal por parte de las oficinas públicas de empleo la implementación de un criterio de desempate entre los candidatos más meritorios basado en la prioridad temporal en la presentación de las instancias de empleo, siempre que se haya garantizado previamente en la selección de los candidatos los principios igualdad, mérito y capacidad a la hora de valorar los expedientes de los interesados.

La STS-CONT 728/2023, de 1 de junio, diseccionada por el Director de RJL, aborda la relación que existe entre la habilitación gubernativa para que el personal de Seguridad Privada desarrolle su profesión y la incompatibilidad con la comisión de conductas delictivas, sentando tres premisas: que la Administración viene obligada a retirar el permiso cuando existe la condena penal; que la eventual cancelación de los antecedentes penales no impide que se pierda la habilitación, incluso si sobreviene antes de finalizar el expediente administrativo; y que tras la cancelación de los antecedentes penales es posible solicitar una nueva habilitación, pero no queda automáticamente rehabilitada la primigenia.

Francisco Vila Tierno comenta la STS-SOC 267/2023, de 12 de abril, que entiende que los sindicatos con implantación en los órganos de representación unitaria tienen derecho a negociar convenios colectivos en empresa en proporción a su representatividad real, por lo que la desatención de esta proporción puede suponer una vulneración del derecho de Libertad Sindical. Subraya, por otro lado, que la resolución de casación no debe entrar en la realización de operaciones matemáticas que calculen si la reducción de miembros respeta o no esa proporcionalidad, pudiendo únicamente comprobar si ha podido producir una infracción mediante la exclusión de un sujeto con legitimación negocial.

STS-SOC 278/2023, de 18 de abril, examinada por José Luis Monereo Pérez, no aprecia, muy en la línea de la jurisprudencia más reciente del propio Tribunal, que pueda considerarse accidente en misión la caída acaecida en la ducha del hotel en donde se alojaba al trabajador desplazado, pues para tal consideración se requiere la existencia de una conexión entre el accidente y el trabajo desempeñado que en este caso no existe.

Inmaculada Ballester Pastor explica la STS-SOC (Pleno) 362/2023, de 17 de mayo, que considera que el beneficiario de una pensión de jubilación y padre de tres hijos sí puede acceder al complemento de maternidad por aportación demográfica y tener derecho a éste incluso cuando la otra progenitora ya esté percibiendo este mismo complemento.

El Subdirector de RJL escruta la STS-SOC 380/2023, de 25 de mayo, que reitera, siguiendo precedentes sociales y la línea de tendencia de la Sala Penal, que el jardín adyacente a la vivienda del trabajador es parte de ella a los efectos de considerar irrazonable la aportación de unas fotografías -por parte de un detective privado- que demuestran la realización de actividades en principio incompatibles con la lesión que le ha llevado a la situación de incapacidad temporal.

Juan Martínez Moya estudia la STS-SOC 382/2023, de 30 de mayo, que diferencia entre intereses moratorios y procesales en ejecución, entendiendo que los primeros, para estar comprendidos en la liquidación de intereses, deben reclamarse previamente en la fase declarativa del proceso, teniendo que existir, en todo caso, un pronunciamiento expreso sobre ellos en la sentencia de instancia, operando los segundos de manera automática. Subraya, además, que ambos tipos intereses pueden ser compatibles, pues responden a fundamentos y finalidades distintas.

Óscar López Bermejo sintetiza los criterios que adopta la STS-SOC 396/2023, de 5 de junio, en un asunto en el que de manera acumulada se plantean dos pretensiones procesales en dos procesos distintos (conciliación de la vida personal y familiar, y modificación sustancial de las condiciones de trabajo), haciendo uso de la facultad de ordenación procesal prevista en el art. 102.2 LRJS.

El último comentario del número se cierra con el análisis de la STS-SOC 397/2023, de 6 de junio, a cargo de José Fernando Lousada Arochena, que reitera los conocidos criterios por los que se considera razonable acudir a la cuantía mínima del baremo LISOS para cuantificar la indemnización por vulneración de derechos fundamentales en el proceso laboral, fijando esa cuantía como límite mínimo indemnizatorio.

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