Reglamento número 7 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de las luces de posición delanteras y traseras, de las luces de parada y de las luces de gálibo de los vehículos de motor (con excepción de las motocicletas) y de sus remolques. Anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo a la adopción de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de los equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 11 de marzo de 1970). Revisión 2, addendum 6 (suplemento 2 a la serie 02 de enmiendas) al presente Reglamento.
Reglamento número 23 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de los proyectores de marcha atrás para los vehículos automóviles y sus remolques, anejo al acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo a la adopción de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de los equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 19 de septiembre de 1983), revisión 1 (suplementos 1, 2, 3 y 4), al presente Reglamento.
Reglamento número 38 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de las luces antinieblas traseras para los vehículos a motor y sus remolques. Anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo a la adopción de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de los equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 25 de mayo de 1982), enmienda 2 (suplementos 2 y 3), al presente Reglamento en su forma original.
Reglamento número 84 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos de turismo equipados con motor de combustión interna, en lo que respecta a las mediciones de consumo de combustible, anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor.
Revisión parcial del Reglamento de Radiocomunicaciones y de los apéndices a dicho Reglamento adoptados el 3 de marzo de 1992 en la Conferencia Administrativa Mundial de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), celebrada en Málaga, Torremolinos.
Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 24 de agosto de 1987). Declaración de aceptación de España de la adhesión de Las Bahamas.
Convenio relativo a la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 25 de agosto de 1987). Declaración de aceptación de España a la adhesión de Venezuela.
Convenio sobre competencia de las Autoridades y la Ley Aplicable en Materia de Protección de Menores, hecho en La Haya el 5 de octubre de 1961 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de agosto y 7 de noviembre de 1987). Declaraciones de aceptación de España de las adhesiones de Polonia y Turquía.
Enmiendas de 1991 al Convenio Internacional sobre la Seguridad de los Contenedores, 1972, hecho en Ginebra el 2 de diciembre de 1972 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado», de 13 de septiembre de 1977, aprobadas por el Comité de Seguridad Marítima en su 59º período de sesiones el 17 de mayo de 1991.
Resolución de 16 de enero de 1995, de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, por la que se convocan subvenciones y ayudas para actividades artísticas.
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