Norma derogada, en lo relativo a la declaración de la Reserva Nacional de Caza de Sierra Nevada, según establece la disposición derogatoria 1 de la Ley 3/1999, de 11 de enero. Ref. BOE-A-1999-782.
Se deja sin efecto esta Ley en cuanto se refiere a la creación y reglamentación del funcionamiento de la Reserva Nacional de Caza de las Tablas de Daimiel, según establece la disposición final 3 de la Ley 25/1980, de 3 de mayo. Ref. BOE-A-1980-9323.
Las especiales circunstancias, de orden físico y biológico, que concurren en determinadas comarcas españolas las señalan como núcleos de excepcionales posibilidades cinegéticas, cuya protección, complementada con las adecuadas medidas de conservación y fomento, podría garantizar la difícil pervivencia de especies tan características de la fauna ibérica como son la cabra montés, el rebeco, el corzo, el oso, el urogallo y otras.
Estas consideraciones de orden cinegético, unidas a los reconocidos valores agrestes de las comarcas que se pretende proteger, son, de por sí, lo suficientemente importantes para ocupar la atención especial del Estado, constituyendo en ellas las denominadas Reservas Nacionales de Caza. En estas Reservas, previa la protección y cuidados necesarios, una vez que se consigan alcanzar niveles de densidad cinegética biológicamente adecuados, será llegado el momento de ordenar el aprovechamiento de esta riqueza, procurando dirigir hacia las comarcas afectadas una intensa corriente dineraria que permita mejorar sustancialmente sus condiciones económicas y sociales, con evidente beneficio de todos los intereses afectados.
Con la creación de estas Reservas se inicia en España un importante programa de protección y conservación de su fauna más selecta, mediante el cual será posible asegurar la utilización racional de estos recursos, contribuyendo así a promover la máxima satisfacción social, económica y recreativa que la Naturaleza y los seres que la pueblan puedan proporcionar a una comunidad.
En su virtud, y de conformidad con la propuesta elaborada por las Cortes Españolas,
DISPONGO:
Por la presente Ley se crean las Reservas Nacionales de Caza de Ancares (Lugo); Degaña, Somiedo y Sueve (Oviedo); Mampodre y Riaño (León); Saja (Santander); Fuentes Carrionas (Palencia); Los Valles, Viñamala, Los Circos y Benasque (Huesca); Alto Pallars-Arán (Lérida); Reserva Nacional de Caza de la Cerdanya y Alt Urgell (Lleida y Girona); del Cadi (Lérida, Gerona y Barcelona): Fresser y Setcasas (Gerona); Puertos de Beceite (Teruel, Tarragona y Castellón); Cíjara (Badajoz); Tablas de Daimiel (Ciudad Real), y Sierra Nevada (Granada), con arreglo a la descripción que consta en el anexo de esta disposición y en relación con las especias que en el mismo se indican respecto de cada reserva y aquellas otras, no existentes en la actualidad, que el Ministerio de Agricultura crea conveniente introducir y fomentar.
Téngase en cuenta que se deja sin efecto lo referente a la creación y reglamentación del funcionamiento de la Reserva Nacional de Caza de las Tablas de Daimiel, por la disposición final 3 de la Ley 25/1980, de 3 de mayo, Ref. BOE-A-1980-9323, y se deroga lo relativo a la declaración de la Reserva Nacional de Caza de Sierra Nevada, por la disposición derogatoria 1 de la Ley 3/1999, de 11 de enero. Ref. BOE-A-1999-782.
Uno. Las Reservas Nacionales de Caza son zonas geográficamente delimitadas y sujetas a régimen cinegético especial, establecidas por Ley con la finalidad de promover, fomentar, conservar y proteger determinadas especies, subordinando a esta finalidad el posible aprovechamiento de su caza. Corresponde al Ministerio de Agricultura el desarrollo, administración y cuidado de las referidas reservas, así como la ordenación del ejercicio del derecho de caza en los terrenos integrantes de las mismas.
Dos. La aplicación de la presente Ley no supondrá limitación alguna para el ejercicio, dentro de las reservas, de cualesquiera actividades actuales o futuras, distintas de las señaladas en el párrafo anterior.
Por Decretos aprobados en Consejo de Ministros, a propuesta del de Agricultura, se dictarán las disposiciones para el desarrollo y cumplimiento de la presente Ley, debiendo en las mismas preverse de forma especial:
Primero. El pago de los daños originados por la caza procedente de estas Reservas.
Segundo. La reglamentación, en su día, de los aprovechamientos cinegéticos de acuerdo con criterios tendentes a equilibrar las existencias de las Reservas con sus características ecológicas y alimenticias.
Tercero. El resarcimiento por el Servicio Nacional de Pesca Fluvial y Caza de los gastos efectuados para el establecimiento de las Reservas, incluso los de su conservación, fomento y mejora.
Cuarto. La administración de los aprovechamientos cinegéticos y la distribución de los beneficios, si los hubiera, entre los propietarios o titulares de otros derechos reales que lleven inherente el disfrute y aprovechamiento de los terrenos que integran las Reservas. A tal efecto, para cada Reserva Nacional se creará una Junta consultiva en la que estarán representados los intereses afectados a través de las Corporaciones Locales y Hermandades Sindicales de Labradores y Ganaderos.
A la entrada en vigor de las disposiciones complementarias reguladoras de la presente Ley, y en el ámbito territorial de aplicación de la misma, quedan sin efecto cuantas disposiciones reguladoras de la caza se opongan a su cumplimiento.
Dada en el Palacio de El Pardo a treinta y uno de mayo de mil novecientos sesenta y seis.
FRANCISCO FRANCO
Norte.–Partiendo del nacimiento del arroyo de Lineira en la Sierra del Vilar, sigue este arroyo hasta su confluencia con el río das Pontes, por el que continúa aguas abajo hasta el río de Bous; sube por éste hacia el río Piornedo, por el que asciende hasta su nacimiento; desde este punto, en línea recta, hasta Peña Longa.
Sureste.–Sigue la divisoria de límites entre Lugo y León en dirección Sureste hasta el punto de dicha divisoria más cercano a la Peña de Treitas.
Oeste.–Desde el punto anterior hasta el kilómetro 2 de la carretera de Noceda; sigue la divisoria de aguas en dirección Norte hasta el Alto del Cotrellón; desciende por la vaguada más cercana a Noceda hasta el arroyo del mismo nombre; continúa éste aguas abajo hasta su confluencia con el río Cales, ascendiendo por éste hasta el de Castelo de Frandes, por el cual sube hasta su nacimiento en el monte da Fiosa. Divisoria de agua: de las sierras de la Fiosa y del Vilar hasta el punto de partida.
Especies.–Ciervo, gamo, corzo, urogallo y jabalí.
Zona oriental:
Norte–Límite con el Concejo de Cangas de Narcea y límite con la provincia de León.
Este y Sur.–Límite con la provincia de León.
Oeste.–Límite con el Concejo de Ibias.
Zona occidental:
Norte.–Límite con el Concejo de Cangas de Narcea.
Este.–Límite con los Concejos de Cangas de Narcea e Ibias.
Sur y Oeste.–Límite con el Concejo de Ibias.
Especies.–Oso, corzo, urogallo, rebeco, jabalí y caza menor.
Norte.–Límite Norte del Concejo de Somiedo hasta el de Teverga; río Taja desde su nacimiento hasta su encuentro con el río Teverga; río Teverga hasta el límite de los Concejos de Teverga con Proaza; límite entre los concejos de Teverga y Proaza, Yermos y Tameza y Grado: arroyo de Lindespina hasta su confluencia con el reguero de Bárcenas: sigue este reguero hasta su confluencia con el río Trubia: río Trubia hasta su confluencia con el arroyo de las Fayas; este arroyo aguas arriba hasta su nacimiento, y desde aquí, siguiendo el límite de los Concejos de Proaza hasta el río Quirós: río Quirós aguas arriba hasta su confluencia con el río Lindes, y siguiendo el curso de este río aguas arriba hasta el arroyo Piñas; este arroyo aguas arriba hasta el mojón que limita los Concejos de Quirós, Lena y Riosa; sigue por el límite del Concejo de Quirós hasta el arroyo Tellera; este arroyo hasta su confluencia con el río Naredo; sigue este río hasta su confluencia con el Lena.
Este.–Río Lena aguas arriba hasta Campomanes; desde este punto sigue el río Pajera aguas arriba hasta su confluencia con el arroyo de los Congostinos; arroyo de los Congostinos aguas arriba hasta Peñafuerada: límite con el Concejo de Aller.
Sur.–Límite con la provincia de León.
Oeste.–Límite entre los Concejos de Somiedo con los de Cargas de Narcea y Tineo.
Especies.–Oso, corzo, urogallo, rebeco, jabalí y caza menor.
Norte.–Desde el pueblo de Cerezaledo se sigue el curso del río Espasa hasta el puente sobre el río en la carretera de Ribadesella a Colunga; sigue por esta carretera en dirección a Ribadesella hasta el pueblo de La Torre.
Este.–Carretera de La Torre a Collia, pasando por Alea.
Sur.–Carretera de Collia a Cofiño, continúa por la carretera de este último pueblo a Cereceda, pasando por los pueblos de Villar, Pandiello y Fios y camino de Cereceda a Sardeda y Borines,
Oeste.–Carretera de Borines a Colunga hasta el pueblo de los Tueros y camino que une este pueblo con el de Cerezaledo,
Especies.–Gamo, corzo, jabalí y caza menor.
Norte.–Línea límite de la provincia de Oviedo, desde el pico de Nogales hasta La Cerra, unión de la divisoria de Asturias y León con el límite de los términos de Maraña y Burón.
Este.–Desde La Cerra, límite de los términos de Maraña y Burón a Peñarredonda, confluencia de Burón, Acebedo y Maraña; límite entre Maraña y Acebedo, desde Peñarredonda al pico de Mediodía. Límite, en toda su extensión, entre Acebedo y Puebla de Lillo. Límite de los términos municipales de Salamón y Puebla de Lillo, desde su confluencia con el de Acebedo hasta el de Reyero.
Sur.–Límite entre Puebla de Lillo y Reyero hasta el límite de Vegamián, en Las Cerras. Límite entre Puebla de Lillo y Vegamián, desde Las Cerras a Pico Mahón; límite de Vegamián y Valdelugueros, desde Pico Mahón a Peñabueno. Límite, en su totalidad, entre los términos de Valdelugueros y Valdeteja, desde Peñabueno hasta el de Cármenes, continuando con el límite entre Cármenes y Valdelugueros hasta el punto que la divisoria de ambos términos toma la dirección Norte.
Oeste.–Límite del término de Cármenes, desde el extremo occidental, entre Valdelugueros y Cármenes hasta la provincia de Asturias en Faro y desde este punto hasta el pico de Nogales.
Especies.–Rebeco, jabalí, corzo y oso.
Norte.–Desde La Cerra se sigue el límite entre las provincias de Asturias y León en dirección Este, hasta llegar al Parque Nacional de Covadonga; límite Sur de dicho Parque hasta el río Cares, junto a Cordiñanes, en el lugar llamado Peña de Castro: desde este punto se sigue una línea en dirección Sureste hasta el canal de Chando o Chavide y desde aquí, en dirección Este, hasta el canal de Pedabejo, en el límite con la provincia de Santander.
Este.–Desde el canal de Pedabejo se sigue hacia el Sur el límite entre las provincias de León y Santander hasta la provincia de Palencia; límite entre las provincias de León y Palencia hasta Peña Lampa.
Sur.–Siguiendo el límite de la provincia de Palencia con la de León, desde Peña Lampa a Torre Malalana; límite entre los términos de Boca de Huérgano y Valderueda, desde Torre Malalana hasta el collado de la Estrella; límite que separa los términos de Boca de Huérgano y Prioro, desde el collado de la Estrella hasta el collado de la Candanosa, donde confluye el término de Pedrosa del Rey y Prioro; límite entre Pedrosa del Rey y Priora, desde Collado de la Candanosa hasta Piedra el Agua; límite entre Riaño y Prioro, desde Piedra el Agua a Los Navarines, confluencia con el término de Crémenes; límite entre Riaño y Crémenes, comprendido entre Los Navarines y Setil de la Prada; límite entre Riaño y Salamón, desde Setil de la Prada al Setil de las Vacas, confluencias de los términos municipales de Riaño, Salamón y Acebedo; desde el Setil de las Vacas hasta el término de Puebla de Lillo, por el límite de Acebedo y Salamón.
Oeste.–Límite, en su totalidad, entre Acebedo y Puebla de Lillo; límite entre Acebedo y Maraña, comprendido entre el Pico del Mediodía y Peña Redonda, donde confluye el de Burón; límite entre Burón y Maraña, en su totalidad, desde Peña Redonda hasta La Cerra, en la divisoria con Asturias.
Especies.–Oso, urogallo, rebeco, corzo y jabalí.
Norte.–Río Deva, desde el límite con la provincia de Oviedo en Urdón hasta La Hermida; carretera comarcal desde La Hermida hasta Puente Nansa; río Nansa, aguas abajo hasta Bielba; carretera comarcal desde Bielba hasta Requejo; carretera Oviedo-Santander desde Requejo hasta Virgen de la Peña; carretera comarcal desde la Virgen de la Peña hasta Puebla de Río Corvo.
Este.–Carretera general de Santander-Palencia, desde Puebla de Río Corvo hasta Matamorosa; carretera comarcal de Matamorosa a Villaescusa, y se sigue la misma carretera hasta el límite con el término de Valdeolea.
Sur.–Límite Norte del término de Valdeolea hasta el límite con la provincia de Palencia; límite con las provincias de Palencia y León.
Oeste.–Límite entre las provincias de Santander y León, en dirección Norte, hasta el canal de Pedabejo; desde este punto se sigue una línea que pasa por Campodrabes, Caballanondi, Portillas de Aliva, Collado de Cámara y Pico Cortés; desde dicho pico se sigue el límite con la provincia de Oviedo hasta el río Deva, en Urdón.
Especies.–Ciervo, corzo, jabalí, urogallo, rebeco y caza menor.
Límites: Norte.–Límite de la provincia de Santander, desde la de León hasta la carretera de Palencia a Tinamayor.
Este.–Carretera de Palencia a Tinamayor, desde el límite con la provincia de Santander en dirección Sur hasta el kilómetro 375. Desde este punto, en dirección Oeste, cruzando el río Pisuerga, sube por la divisoria de aguas a Collado Mayor. Sigue en dirección Suroeste por el límite entre los términos de Lores y San Salvador de Cantamuda hasta El Portillo. Límite entre los anejos de El Campo y Lebanza. Límite entre el anejo de Lebanza y San Salvador de Cantamuda hasta el monte Polentinos (1.673 metros). Límite entre Polentinos y San Salvador de Cantamuda hasta la cota 1.576. Límite Oeste y Sur de la pertenencia de Cervera de Pisuerga hasta el kilómetro 367 de la carretera de Palencia a Tinamayor, Se sigue esta carretera en dirección Sur hasta el kilómetro 363; desde este punto en dirección Oeste sigue el límite de Vañes hasta la cota 1.286. Continúa por el límite Norte de Arbejal hasta La Loma (1.222 metros). Límites entre Resoba y Arbejal, entre Ventanilla y Arbejal y entre Ruesga y Arbejal, hasta el punto en que cruza la carretera de Cervera de Pisuerga a Camporredondo de Alba. Desde aquí, en línea recta, hasta la presa del pantano de Ruesga, cota 1.011 y camino de la mina Landillero hasta el límite con Dehesa de Montejo.
Sur.–Sigue la línea de límites en dirección Oeste, entre los términos de San Martín de los Herreros con Dehesa de Montejo y con Castrejón de la Peña, Rebanal de las Llantas con Castrejón de la Peña, Respenda de la Peña con Triollo, con Camporredondo de Alba y con Otero de Guardo hasta el límite con Velilla de Guardo.
Oeste.–Límite entre los términos municipales de Velilla de Guardo y Otero de Guardo hasta el límite con la provincia de León. Límite con la provincia de León hasta el límite con la provincia de Santander.
Especies.–Corzo, jabalí, oso, urogallo y caza menor.
Norte.–El límite de provincia con la de Navarra, desde Pico de Maz hasta la frontera francesa, en la Meseta de los Tres Reyes, y la frontera francesa desde este punto hasta el nacimiento del río Aragón, al Surdeste del Ibón de Astún.
Este.–El río Aragón, desde su nacimiento en la frontera francesa hasta que cruza la carretera de Huesca a Francia por Canfranc; dicha carretera hasta el punto en que corta a la línea de término entre Aisa y Canfranc; esta línea de términos hasta la de Aisa con Borau (en su anejo Los Lecherines), el límite entre los términos de Borau (en el citado anejo) y Canfranc, hasta el Pico de Cambo: la línea entre Borau (Los Lecherínes) y Villamia, desde el Pico de Cumbo hasta la línea que sirve de límite entre el citado anejo de Los Lecherines (Borau) y el término de Aisa, desde donde continúa hacia el Sur por el límite entre Aisa y Villamia, hasta el término de Borau, y por la línea límite entre los términos de Borau y Villamia hasta el cruce con el barranco de Lierde.
Sur.–El Barranco de Lierde, desde el límite entre Borau y Villamia, hasta su nacimiento en el Pico Sayerri, continuando por la divisoria de aguas, baja desde este pico hasta la unión del barranco de Sibiscal y el río Estarrón; el barranco citado hasta la collada que lo separa del de Fiñazal, en el límite de términos entre Aisa y Aragüés del Puerto; el barranco de Fiñazal hasta su desembocadura en el río Osia, subiendo por dicho río hasta la desembocadura del barranco de Cambones, y por este barranco, hasta el punto en que la divisoria de aguas de La Cuta corta a la línea de términos entre Aragüés y Hecho; dicha divisoria de aguas, pasando por La Cuta y la Punta de la Cuta, hasta el barranco de la Petralta; bajando por este barranco hasta el río Aragón Subordán; el citado río, desde el barranco de Petralta hasta el de Lenito; este barranco hasta la collada que lo separa del de la Reclusa, y este último barranco arriba hasta su desembocadura en el del Hospital, hasta el cruce con la línea de términos de Hecho y Ansó, desde este punto la línea de términos citada hasta el Pico Picoya, desde aquí el Pico Segarra, continuando por el barranco de Harcón hasta su desembocadura en el río Veral.
Oeste.–El río Veral, desde la desembocadura del barranco de Harcón hasta la del Ezcaurri; este barranco arriba hasta su nacimiento en el límite de la provincia con Navarra y el citado límite.
Especies.–Rebeco, corzo, jabalí, oso y gamo.
Norte.–La frontera francesa, desde el Puerto del Portalet, en la carretera de Sallent a Francia, hasta el límite entre los términos de Fanlo y Bielsa.
Este.–El límite entre los términos de Fanlo y Bielsa hasta el de Puértolas, y la línea de términos entre Puértolas y Fanlo hasta un punto situado exactamente enfrente de la desembocadura del barranco de la Pardina, en el río Vellós.
Sur.–Una línea que baja desde el punto más occidental de la divisoria de términos entre Fanlo y Puértolas, situado frente al barranco de la Pardina, hasta la desembocadura de éste en el río Vellós: el barranco citado, hasta el camino de Fanlo al valle de Añísclo; este camino hasta la ermita situada junto a él al Norte de Fanlo; una línea recta que va desde la ermita hasta el punto donde el camino de Fanlo al Estallo cruza al barranco de Borrue o Val de Jalle, y este barranco hasta el pico de Estalón, en que concurren los términos de Fanlo, Torla y Broto. Desde este punto, la línea de términos de Torla y Broto hasta el barranco de Catata, y este barranco hasta su confluencia con el de Diazas, siguiendo desde aquí la línea superior de los cultivos de la margen izquierda del Ara hasta la desembocadura del río Arazas en el primero, y continuando por el Ara hasta el puente de los Navarros. Desde el puente de los Navarros, la carretera de Ordesa, hasta su unión con la de Biescas a Broto, y esta última carretera, desde la salida del ramal a Ordesa hasta el puente sobre el Gállego, junto a Biescas.
Oeste.–El río Gállego, desde el puente de la carretera que va a Broto hasta la desembocadura del barranco del Tochar. Este barranco hasta los manantiales del mismo nombre; el camino de Hoz al collado de Tendeñera, hasta el límite entre los términos de Panticosa y Hoz de Jaca, y este límite hasta el punto donde concurren los términos de Panticosa, Hoz de Jaca y El Pueyo. Desde este punto baja por el barranco de Yanel hasta el río Caldarés, aguas arriba de éste, hasta la desembocadura del barranco que, naciendo en la Estiviacha, cruza a la carretera del balneario en el kilómetro 17,5, y subir por dicho barranco hasta el límite de términos entre Panticosa y Lanuza. Desde aquí, el límite de términos citado hasta el término de El Pueyo de Jaca; la línea divisoria entre Panticosa y El Pueyo, hasta la tubería de la fábrica de luz; dicha obra hasta la carretera, y siguiendo por ésta el puente de Escarrilla, sobre el Gállego, El río Gállego, hasta su cruce con la carretera entre Escarrilla y Lanuza, continuando por ella hasta el límite de términos entre Lanuza y Sallent; esta línea de términos hasta la acequia que, saliendo del barranco de Pandiellos, riega las huertas de Sallent, dicha acequia hasta el citado barranco de Pandiellos, continuando por él a la desembocadura del río Aguas Limpias, aguas abajo hasta seguir por la carretera de Sallent a Francia, en el puerto de Portalé.
Especies.–Rebeco, jabalí y cabra montés.
Norte.–La frontera francesa, desde el pico de Astazu hasta el límite entre los términos de Gistain y Benasque.
Este.–La línea divisoria entre Gistain y Benasque basta el término de San Juan de Plan; el límite entre éste y Benasque hasta el pico de Poset, y desde aquí la línea límite entre los términos de San Juan de Plan y Sahún, hasta la collada que separa los lagos de Barbarisa, en Sahún, y del Sein, en San Juan de Plan.
Sur.–El barranco de Sein, desde su nacimiento, en la collada que separa los lagos de Barbarisa (Sahún) y del Sein (San Juan de Plan), hasta el límite superior de los cultivos de San Juan de Plan; una línea que une este punto con el puente de Pescadores sobre el río Cinqueta; continuando por éste aguas arriba hasta el cruce del límite entre Gistain y San Juan de Plan, frente al barranco de la Poma; este límite de término hasta que vuelve a caer al río Cinqueta; prosiguiendo por él mientras es límite de términos y el barranco de Aigües Cruces (por el que continúa la línea de términos), hasta el punto en que llega el camino de Viladós; desde aquí el citado camino hasta el extremo superior de los cultivos de Hospital de Gistain, situados al pie del macizo de los Descubridores; una línea que bordea por el Norte los citados cultivos, hasta el camino de Gistain a Francia; una línea recta que une este punto con el Nordeste de la línea límite entre Gistain y Sin y Salinas; desde este punto Nordeste seguir la citada línea límite hacia el Sur, hasta el camino de Bielsa a Gistain, y este camino hasta el pueblo de Bielsa. Desde aquí el río Barrosa aguas arriba hasta la desembocadura del Real; por éste, también aguas arriba, hasta la desembocadura del barranco de Comarruego; una línea que une este punto con el nacimiento del barranco de Plana Campes; siguiendo por él, a la confluencia con el Cinca, y continuando aguas abajo de éste hasta la desembocadura del barranco de Montinuer, en el pantano de Pineta; el barranco arriba hasta su nacimiento en el Mayo Gran, en el límite entre los términos de Tella y Bielsa, continuando por él hasta el de Puértolas y el límite entre los términos de Puértolas y Bielsa hasta el de Fanlo.
Oeste.–El límite entre los términos de Fanlo y Bielsa, desde el de Puértolas hasta la frontera francesa, y la frontera francesa, desde la línea de términos entre Fanlo y Bielsa, hasta el pico de Astazu.
Especies.–Rebeco, jabalí y urogallo.
Norte.–La frontera francesa, a lo largo de todo el término de Benasque.
Este.–La línea de términos de Benasque y Viella hasta Bono, la de Benasque y Bono hasta Castanesa y la de Benasque y Castanesa hasta el punto de encuentro con la divisoria de aguas, entre los barrancos de Ardones y Ampriu.
Sur.–La divisoria de aguas citada, desde el límite entre Benasque y Castanesa hasta el barranco Peñascaró; este barranco hasta el río Esera; el Esera hasta la desembocadura del barranco de Sobarriba, en el pueblo de Benasque; el citado barranco hasta su nacimiento en el límite de término con Sahún, bajando desde la collada al río Eriste por el barranco que, desde dicha collada llega al río, junto a la palanca del camino de Eriste, hasta la desembocadura del arroyo de la Val; este arroyo hasta el lago de Peñasolana; desde este lago al de Barbarisa, por la collada que los divide, y desde el de Barbarisa hasta la collada que separa a éste del lago de Sein (San Juan de Plan).
Oeste.–La línea de términos de Sahún y San Juan de Plan, desde la collada que separa los lagos de Barbarisa y El Sein hasta el pico de Posets; la de Benasque y San Juan de Plan hasta Gistain y la de Gistain y Benasque hasta la frontera francesa.
Especies.–Rebeco, urogallo y jabalí.
Norte.–La frontera francesa, desde la Portilla de Albi, en el límite entre Caneján y Bagerque, hasta el puerto de Lladorre.
Este.–La frontera francesa, desde el puerto de Lladorre hasta la de Andorra, y esta frontera hasta el pico de Anclá.
Sur.–El torrente de Anclá, desde el pico del mismo nombre, en la frontera de Andorra, hasta el río de Os, el torrente de Avellá hasta el collado de Conglens; la divisoria de aguas que sube desde el collado citado hasta el pico Salaria, en la línea de términos de Civis y Alins, continuando por ella hasta el de Farrera y Alíns hasta el de Tirvia; la de Tirvia y Alins hasta el de Ribera de Cardós; la de Tirvia y Ribera de Cardós hasta el de Llavorsi; la de Llavorsi y Ribera de Cardós hasta el de Escaló; la de Ribera de Cardós y Escaló hasta el de Estahón; la de Estahón y Escaló hasta el de Jou; la de Jou y Escaló hasta el de Noguera Pallaresa, que forma límite entre Jou y Espot, siguiendo el río mientras es límite entre ambos términos hasta el puente de Badía y subiendo por el mismo límite hasta la Plana de Aire, en el punto de concurso de los términos de Espot, Jou, Esterri de Aneo y Son del Pino, continuando desde aquí por el límite entre Espot y Son del Pino hasta los terrenos de la Mancomunidad de los Cuatro Pueblos; el límite entre el término de Espot y los citados terrenos hasta el término de Tredós; la línea de término de Tredós y Espot hasta el pico de Colomés y la de Artiés y Barruera en toda su longitud, terminando en el pico del Lago Tort.
Oeste.–La línea de término entre Villaler y Artiés hasta el de Viella; la de Artiés y Viella hasta el de Escuñau; la de Artiés y Escuñau hasta el de Vilach; la de Vilach y Artiés hasta el de Gessa; la de Vilach y Gessa hasta el de Bagerque; la de Vilach y Bagerque hasta el estanque de Liat, y desde aquí la de Caneján y Bagerque hasta la frontera francesa, en el Portillo de Albi.
Especies.–Rebeco, urogallo, oso y jabalí.
Norte.–La frontera de Andorra, desde la fuente de la Rabasa, en término de Arcabell, hasta la frontera francesa, y esta frontera, desde Andorra hasta la línea de mojones que limita el monte público de Guills de Cerdaña, separándolo de las fincas particulares.
Este.–La línea de mojones del monte público de Guills, desde la frontera francesa hasta el límite entre los términos de Guills y Bolvir; este límite de términos hasta el de Ger y la línea de términos entre Ger y Bolvir hasta la línea de mojones del monte público de Ger; desde aquí, continúa en dirección norte hasta el mojón n.° 46 del monte número 21 de utilidad pública, punto en el que sigue en dirección oeste por la pista de Ger a Meranges, hasta encontrar la pista del refugio del Malniu. Sigue dicha pista hasta la intersección con el camino forestal de Campllong a Emprats, continuando por éste hasta la curva de Emprats, donde toma la dirección sur por el camino del Pla de Matons, hasta encontrar el mojón n.° 277 del monte número 21 de utilidad pública, que es a su vez límite entre las provincias de Girona y Lleida y esta línea de término hasta el punto de concurso de los términos de Maranges, Ger, Isobol y Ellar.
Sur.–El límite de las provincias de Lérida y Gerona, desde el punto de concurso de los términos de Maranges, Ger, Isobol y Ellar, hasta la línea de términos entre Talltendre a Ellar, siguiendo ésta entre dichos pueblos; este camino hasta el pueblo de Talltendre, y el de Talltendre a La Bastida hasta el límite de término con Prullans: este límite de término hasta el de Llés; el límite entre Llés y Prulláns hasta la carretera que va de La Bastida a Coborriu y a las Casas de la Llosa; esta carretera hasta el último punto citado; el límite de los cultivos situados entre Las Casas de la Llosa y el Molino de Viliella; la línea de mojones del monte público de Llés, desde el molino de Viliella hasta el término de Musa y Aransá, y la línea de mojones del monte público de Aransá hasta el límite de término de Aristot; hasta el término de Valls de Valira; el de Valls de Valira y Aristot hasta la acequia que, partiendo del torrente de Rigué llega hasta Aristot; esta acequia hasta el mencionado torrente; la acequia llamada Rec de la Llosa que, partiendo del torrente de Bescarán llega hasta el de Rigué; el torrente de Bescarán desde el nacimiento de la mencionada acequia, llamada del Rec de la Llosa, continúa aguas arriba hasta el puente de la pista de Coll de Cintó, en el cual deja el río y sube por la máxima pendiente del margen derecho, pasando por la Borda del Mestre hasta alcanzar la sierra de Les Tres Costelles, donde termina Valls de Valira y empieza Estamariu, y continúa el límite ya dentro de este município. Sigue entonces los mojones del monte de utilidad pública número 58, desde la Roca dels Avellans, cruzando el torrente de I’Orri, por la Roca del Teixó a la Font del Pi. De allí, a la ermita de Santa Cecilia y a la Roca del Cortal del Pobladó, para llegar al punto en que la pista cruza el barranco de la Pardina o de Sibadals hasta el término de Bescarán; el de Bescarán y Aristot hasta la acequia que, partiendo del torrente de Rigué, viene hacia Aristot; dicha acequia hasta el citado torrente; la acequia llamada «Rec de la Llosa», que, partiendo del torrente de Bescarán llega hasta el de Rigué; el torrente de Bescarán, desde el nacimiento de la acequia aludida hasta el pueblo, y la carretera de Estimaríu a Bescarán hasta el punto donde se inicia la pista forestal que va a Can Pla.
Oeste.–La pista forestal que, partiendo de la carretera de Estimariu a Bescarán, va a Can Pla, a la borda de Tens y a las Casas Escás, desde su origen hasta el último punto citado, y una línea que desde las Casas Escás sube al pico de Quixol, y desde éste va a la fuente de la Rabasa, en la frontera de Andorra.
Especies.–Rebeco, urogallo y jabalí.
Norte.–La línea de término, entre Serch y Fornols, desde el punto donde la cruza la pista forestal de Ges a Adrahent, hasta el cruce con el camino de Lletó a San Salvador; este camino hasta el pueblo de Lletó, el camino llamado de La Molina, que va de Lletó a Ansobell, el camino de Ansobell a Cavá a Estana hasta que cruza al río Quer. Desde aquí sube por el barranco que se une al Quer en este punto hasta la Collada de las Bordas de Estana, bajando por el torrente de las Bordas hasta el punto donde cruza el camino de Bestanis, siguiendo por este camino hasta la ermita de Bestanis. Desde aquí bajo por el torrente de Prat de Prit hasta el que desciende del Pico de Cabana, sube por este torrente hasta el camino de la Cabana a Prat de Giló, para continuar por este camino hasta la Casa Pallará: de aquí a Casa Mandrat y al Torrente de Fontfreda en el punto donde lo cruza la acequia que nace en el río Ridolaina, junto al barranco de Las Partidas; dicha acequia hasta el río Ridolaina y el citado barranco hasta la línea de mojones del monte de Santa Eugenia, del término de Belver. Desde este punto, las líneas de mojones que separan los montes Santa Eugenia, Montaña de Pi, Belver y Ríu de los llamados Bajos hasta el límite de la provincia en Las Casas de Ferreras. Desde aquí la carretera que une este punto con los poblados de Urús, Das y Alp hasta el cruce de la Riera de Alp, y esta Riera hasta el torrente de la Rinqueta.
Este.–El torrente de la Rinqueta hasta el límite de provincia; este límite hasta la línea de términos entre Bagá y Castellar de Nuch y esta línea de término hasta el punto donde concurren los dos anteriores con el de Guardiola de Berga.
Sur.–La línea de términos entre Bagá y Guardiola de Berga desde el punto donde concurren estos dos términos y el de Castellar de Nuch, hasta la línea de mojones, que separa el monte público de Bagá de las fincas particulares situadas al Sur y al Oeste del mismo. Esta línea de mojones hasta el pico de Tossa en el límite de la provincia; este límite de provincia hasta el collado de Tanca la Porta donde se encuentra la línea de mojones del monte público de Gisclareny; esta línea de mojones hasta el torrente de Mascarols; dicho torrente hasta el límite de término entre Gisclareny y Saldes, en donde encuentra el camino de Grasolet a Gisclareny; este camino hasta Grasolet y el de Grasolet a Saldes: la carretera de Caldes a Gósol hasta el límite de término entre ambos; este límite de término hasta Roc Roig; una línea que pasa por Col Visansó en el torrente Aubago, la roca Sistiella o de Midia, el límite superior de los cultivos en el torrente del Robinal y el cruce de la canal Pentrianta con la pista que va de Gósol a Josa; esta pista hasta la collada que hay entre los dos pueblos en el límite de términos; este límite hasta el Pico de Cotarons; la divisoria de aguas que separa el Portll del Os del resto del término de Gósol y una línea recta que en dirección Sur llega al nacimiento del torrente Seutá en el Prat d’Aguas, en el límite entre los términos de Gósol, Pedrá y Coma. Desde aquí el barranco que baja hasta la Ribereta del Puchol y desemboca en ella por encima del camino de los Valles de Pedrá; este camino hasta la Fuente de la Casanova, en el barranco de las Casals; este barranco hasta su nacimiento en la Collada Vaüs, en el límite entre Pedrá y Coma y Tuxent; este límite hasta Coll de Port; el arroyo de Coll de Port hasta el punto en que el camino viejo de Coma a Coll de Port toca al arroyo: la divisoria de aguas que desde este punto sube al Pico de Estivella, continuando por la que une este pico al de Tossa Pelada, en la línea del término de La Vansá, Pedra y Coma: esta línea hasta el Pico de Cuatro Batlles, donde se unen los términos de La Vansá y Aliña hasta el nacimiento del río Fret, en el Prat de Casals.
Oeste.–El río Fret, desde su nacimiento en el Prat de Casals hasta el río de La Vansá; este río hasta el Molino de la Farga; el barranco que va hasta el río junto a este molino desde el Arp, hasta el punto donde lo cruza la carretera de Tuxent a San Lorenzo; esta carretera hasta el puente sobre el río de Mola; una línea que une este puente con el depósito de aguas del pueblo de Tuxent, bordea por encima los cultivos de la margen izquierda del río de Josa hasta enfrente de la ermita de S. Santiago y cruza el río hasta esta ermita; la pista de Josa a uxent, hasta su unión con la de Tuxent a Cornellana; esta nueva pista hasta el puente sobre el arroyo de Ribanegra: una línea recta desde este puente al punto donde se separan la citada pista de Tuxent a Cornellana, de la que, desde este último pueblo, va hacia la sierra y la pista de Cornellana a Fornols, Adrahent y Ges, hasta el cruce de la línea de términos entre Fornols y Serch y Ortedo.
Especies.–Rebeco, jabalí y ciervo.
Norte.–La frontera francesa, desde el Pico de Finistrelles hasta la línea de términos de Setcasas y Molló.
Este.–La línea de términos antes citada a la de Llanás; la de Setcasas y Llanás hasta Vilallonga de Ter; la de Setcasas y Vilallonga de Ter hasta el río Ter; este río hasta la riera del Catllar; esta riera hasta el Clot de Plató; este Clot hasta la divisoria de aguas que baja del pico de Castell del Mozo hacia Tragurá; esta divisoria hasta el nacimiento del barranco de Patet; este barranco, pasando por la Font Sana y continuando por él al Oeste del pueblo de Tragurá de Abajo, hasta la riera de Tragurá, subiendo después por la divisoria de aguas que termina frente a la desembocadura del barranco de Patet al límite entre las fincas particulares y el monte público número 51 de Gerona, situado al Oeste de aquéllas, siguiendo este límite hasta el barranco que baja de la ermita de San Bernabé, subiendo hasta dicha ermita y al pico de San Sió, para bajar por el barranco que nace en este pico y llega a la riera de Avella.
Sur.–La riera de Avella desde el punto descrito hasta su nacimiento en la línea de término de Pardinas y Vilallonga; esta línea hasta el término de Caralps; la de Pardinas y Caralps hasta el de Ribas; la de Pardinas y Ribas de Fresser hasta la línea de mojones, que separa el monte público Bosch de la Vila de las fincas particulares situadas al Sur y al Oeste del mismo; esta línea de mojones hasta el río Casanell, límite de término con Caralps; el límite de términos entre Caralps y Ribas a lo largo del río Casanell, el río Fresser y la divisoria que sube hacia el Prat dels Emprius, hasta la línea de mojones del monte público Coma de Batet, que lo separa de las fincas particulares situadas al Este y Sur de aquél; esta línea de mojones hasta limitar con el monte Coma de Ventolá, siguiendo después la línea de mojones que separa este último monte de los terrenos particulares situados al Sur del mismo, hasta la línea de términos de Ribas de Freaser y Planolas; sigue por la línea de mojones que separa este monte de las fincas particulares situadas al Sur de él hasta la línea de términos entre Planolas y Tossas; esta línea de términos hasta la carretera de Barcelona a Puigcerdá en el kilómetro 128 y esta carretera hasta el kilómetro 133,5 al Oeste de Dorria, en el puente sobre el torrente de Pont Turó.
Oeste.–El torrente de Pont Turó desde la carretera de Barcelona a Puigcerdá hasta la frontera francesa y esta frontera desde aquí hasta el Pico de Finistrelles.
Especies.–Rebeco, urogallo y jabalí.
Norte.–Comienza el lindero del Coto en el término municipal de Beceite, provincia de Teruel, en la margen derecha del río Racó de Patorrat, a la altura del extremo Noroeste del monte El Pinar, deslindado; sigue a lo largo del límite Norte de dicho monte hasta llegar a su extremo Nordeste, en el barranco del Racol, al pie del pico Las Rasas; desde dicho punto y pasando sobre el pico anteriormente señalado, llega al límite Suroeste del monte Tall de Polli; continúa por el Oeste de dicho monte hasta su extremo Noroeste; desde este punto y sobre el pico Mas de Mier llega, por el barranco del mismo nombre, al río Uldemó, por su izquierda; sigue el río aguas abajo formando la margen derecha, en sus últimas cuatro quintas partes, el límite Sur del monte Solana de las Teas llegando por él al extremo Suroeste de dicho monte; avanza por el límite Oeste del anterior, a lo largo del Cortado de los Faisant, hasta llegar al barranco de las Yuntas, por la parte Oeste de las tierras Nicolau; desciende por el anterior barranco hasta su confluencia con el río Algás, por su margen izquierda; continúa por este río, límite de provincias entre Teruel y Tarragona, formando su margen derecha parte del límite Oeste del monte Puerto de Arnés, deslindado y amojonado; río abajo hasta llegar al extremo Noroeste del monte anterior entra en la provincia de Tarragona por el término municipal de Arnés, siguiendo el límite Norte del monte Puerto de Arnés, siguiendo el cual llega a la línea de separación de término de Arnés y de Horta de San Juan, en el mojón Saleretes; continúa a lo largo del límite Norte del monte Puerto de Horta, en el municipio de Horta, que comienza en el mojón anterior y llega hasta la línea que marca la separación municipal de Horta y Prat de Compte.
Este.–El límite Este del Coto lo forma la línea de separación de términos de Horta de San Juan, primero con Prat de Compte, y después, con Pauls, hasta llegar al mojón que separa los de Horta, Pauls y Alfara; continúa a lo largo de la línea divisoria de Horta y Alfara, sigue por la de Alfara y Arnés hasta llegar al punto en que es cortada por el barranco Casernas, en Alfara; desde este punto y en línea recta, hasta el extremo Noroeste del monte Gabarda, deslindado; por el límite Este del monte anterior llega al de los Municipios de Alfara y Tortosa, continuando por éste y por los de Alfara y Roquetas y, por último, por el de Tortosa y Roquetas, hasta llegar, por él, al pie del pico La Fortaleza; desde este punto y siguiendo parte del límite Este del monte Barranco de la Galera, llega a la cota 1.040; desde ella y formando una línea quebrada de vértices las 581 y 595, alcanza el punto donde el barranco Lloret corta a la divisoria de los términos de Roquetas y Mas de Barberans, dentro del municipio de Roquetas; en la intersección anterior comienza el límite Este del monte Comuns de Mas de Barberans; continúa por este límite, en el término de Mas de Barberans, llegando hasta la línea de separación de los municipios de La Cenia y Mas de Barberans, a la altura del monte Barranco de Valdebous sigue el límite Sur de este monte, en La Cenia; hasta que es cortado por el barranco Casa Comís.
Sur.–Avanza el lindero del Coto a lo largo del límite Sur del monte Barranco de Valdebous hasta llegar a la separación de términos de La Cenia y Ballestar, este último en la provincia de Castellón de la Plana; continúa por la línea de separación de provincias de Tarragona y Castellón hasta que en ella confluye la del límite de términos de Ballestar y Puebla de Benifasar, en la provincia de Castellón; sigue hasta llegar, en el municipio de La Puebla, a los límites Este y Sur del monte La Muela, por los cuales de nuevo encuentra a la anterior línea de separación de términos. Los límites Este y Sur del monte La Muela están formados por el camino de Mangraner a la Fou y el de La Cenia a Fredes, el primero, y por el barranco Roñosa, otra vez al camino de Mangraner a La Fou y el término municipal de Ballestar, el segundo.
Continúa el lindero del coto por la anteriormente citada línea de separación municipal de Ballestar y de la Puebla, hasta que es cortada por el camino vecinal de Fredes a Bojar; sigue este camino hasta llegar a la línea divisoria de los términos de Ballestar y Fredes.
Oeste.–El lindero del Coto sigue la línea de separación de términos de Ballestar y Fredes hasta llegar a la de separación de las provincias de Castellón de la Plana y Tarragona; avanza por ella y por la de Tarragona y Teruel hasta que es atravesada por el río Racó de Patorrat; continúa aguas abajo de este río hasta el punto inicial, el extremo Noroeste del monte El Pinar.
Especies.–Cabra montés y jabalí.
Norte.–Límites de las provincias de Cáceres, Toledo y Ciudad Real; límite Norte del monte de Las Navas en sus lotes Valle de Sordillo y Majadavieja.
Este.–Provincia de Ciudad Real.
Sur.–Límites del monte El Arenal; límite del monte Las Navas (Lote El Azorejo) hasta su encuentro con el embalse de Cíjara, límite de los términos municipales de Villarta y Helechosa; límites de Villarta con Herrera del Duque y Fuenlabrada; límites exteriores que incluyen los montes El Robledillo, Los Badenes, Las Moralejas, El Sotillo, Las Chorchas hasta llegar nuevamente a El Sotillo.
Oeste.–Límite Oeste del monte El Sotillo, enlazando con los límites de los repoblados en El Egido y La Umbría del Madroñal, del monte Las Navas hasta la confluencia con el monte Valdemoros. Desde aquí se prosigue en línea recta hasta el lugar conocido por la viña del Rubial, en el que se toma nuevamente el límite de la repoblación de los lotes Gálvez y Quinterias del monte Las Navas; límite Sur del lote Los Chopos, también de Las Navas; límite Oeste del mismo lote y límite Oeste del monte Cíjara hasta cerrar con la presa de este nombre.
Especies.–Ciervo y corzo.
(Sin efecto)
(Derogado)
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