Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Decreto 1506/1967, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Bolsas de Comercio.

[Disposición derogada]

Índice: «Modificación publicada el 30/06/1977»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Firma]

REGLAMENTO DE LAS BOLSAS DE COMERCIO

CAPÍTULO PRIMERO. Bolsas Oficiales de Comercio

CAPÍTULO II. Consejo Superior de Bolsas

CAPÍTULO III. De las Juntas Sindicales de los Colegios

CAPÍTULO IV. Del Síndico-Presidente

CAPÍTULO V. Admisión de valores a la cotización oficial en las Bolsas

Sección A) Efectos Públicos

Sección B) Valores privados

Sección C) Cotización calificada

Sección D) Disposiciones comunes

CAPÍTULO VI. Mercado bursátil

Sección A) Objeto y disposiciones generales sobre las operaciones de Bolsa

Sección B) Operaciones al contado

Sección C) Operaciones a plazos

Apartado 1.º De las operaciones a plazo

Apartado 2.º Régimen de coberturas

Apartado 3.º De las liquidaciones provisionales

Apartado 4.º De la liquidación general en fin de mes

Apartado 5.º De las dobles

Apartado 6.º De las reclamaciones por incumplimiento de las obligaciones señaladas para la contratación a plazo

CAPÍTULO VII. Normas de contratación

CAPÍTULO VIII. Reclamaciones por incumplimiento de operaciones bursátiles

CAPÍTULO IX. Sesiones de Bolsa

CAPÍTULO X. Acta de cotización

CAPÍTULO XI. Boletín de cotización oficial

CAPÍTULO XII. De los Agentes de Cambio y Bolsa

CAPÍTULO XIII. Responsabilidad de los Agentes de Cambio y Bolsa

CAPÍTULO XIV. Libros registros y archivos

CAPÍTULO XV. Denuncia para impedir la negociación de documentos de créditos y efectos al portador

CAPÍTULO XVI. Subastas bursátiles

CAPÍTULO XVII. Ventas de títulos-valores por orden judicial y en ejecución de garantías

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

DISPOSICIÓN TRANSITORIA


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid