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Índice: «Modificación publicada el 21/03/1991»

Véase la disposición adicional 13 del Real Decreto 9/1991, de 11 de enero. Ref. BOE-A-1991-1060. que introduce modificaciones en la acción protectora de este régimen especial.

Téngase en cuenta que se amplía la acción protectora de cobertura obligatoria del régimen especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos con la inclusión de las prestaciones de asistencia sanitaria para los supuestos de enfermedad común, maternidad y accidente, cualquiera que sea la causa que lo motive, y de incapacidad laboral transitoria, en los mismos términos y condiciones establecidos en el régimen general, según establece el art. único del Real Decreto 43/1984, de 4 de enero. Ref. BOE-A-1984-610.

[Preámbulo]

CAPÍTULO PRIMERO. Disposición general

CAPÍTULO II. Campo de aplicación

CAPÍTULO III. Afiliación, altas y bajas

CAPÍTULO IV. Cotlzación y recaudación

Sección primera. Cotización

Sección segunda. Recaudación

CAPÍTULO V. Acción protectora

Sección primera. Disposiciones generales

Sección segunda. Prestaciones por invalidez

Sección tercera. Prestación por vejez

Sección cuarta. Prestación por muerte y supervivencia

Sección quinta. Prestaciones de protección a la familia

Sección sexta. Ayuda económica con ocasión de intervención quirúrgica

Sección séptima. Asistencia sanitaria a pensionistas

Sección octava. Asistencia social

Sección novena. Servicios sociales

CAPÍTULO VI. Gestión

CAPÍTULO VII. Régimen económico-administrativo

CAPÍTULO VIII. Régimen económico-financiero

CAPÍTULO IX. Faltas y sanciones

DISPOSICIÓN ADICIONAL

DISPOSICIONES FINALES

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

[Firma]


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