Téngase en cuenta que el presente Reglamento será de aplicación en todo lo que no esté en contradicción con la Ley 55/1980, de 11 de noviembre, de Montes Vecinales en Mano Común, según establece su disposición transitoria quinta. Ref. BOE-A-1980-25463
REGLAMENTO DE MONTES VECINALES EN MANO COMÚN
CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación del Reglamento
CAPÍTULO II. Normas para la clasificación de montes como vecinales en mano común
Sección 1.ª Relaciones especiales de montes vecinales en mano común
Sección 2.ª Jurados Provinciales
Sección 3.ª Procedimiento de clasificación
Sección 4.ª Inscripción en el Registro de la Propiedad
Sección 5.ª Deslindes y amojonamientos
CAPÍTULO III. Régimen jurídico de los montes vecinales en mano común
Sección 1.ª Titularidad de los montes vecinales en mano común
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