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Téngase en cuenta que las Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo a que se refiere este texto refundido pasan a denominarse Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, según establece la disposición adicional 14.1 de la Ley 4/1990, de 29 de junio. Ref. BOE-A-1990-15347.
Norma derogada en cuanto se oponga a lo establecido en el Real Decreto-ley 36/1978, de 16 de noviembre, según establece su disposición final 2.1.Ref. BOE-A-1978-28739.
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TÍTULO I. Normas Generales del Sistema de la Seguridad Social
CAPÍTULO I. Normas preliminares
CAPÍTULO II. Campo de aplicación y composición del sistema de la Seguridad Social
CAPÍTULO III. Afiliación, cotización y recaudación
CAPÍTULO IV. Acción protectora
CAPÍTULO V. Servicios sociales
Sección 1.ª Disposiciones generales
Sección 2.ª Higiene y seguridad del trabajo
Sección 3.ª Medicina preventiva
Sección 4.ª Reeducación y rehabilitación de inválidos
CAPÍTULO VI. Asistencia social
CAPÍTULO VII. Gestión de la Seguridad Social
CAPÍTULO VIII. Régimen económico y financiero
CAPÍTULO IX. Normas sobre prescripción, caducidad, prelación de créditos y otras materias afines
CAPÍTULO X. Faltas y sanciones
TÍTULO II. Régimen General de la Seguridad Social
CAPÍTULO I. Campo de aplicación
CAPÍTULO II. Inscripción de Empresas y normas sobre afiliación, cotización y recaudación
CAPÍTULO III. Acción protectora
CAPÍTULO IV. Asistencia sanitaria
Sección 1.ª Disposiciones generales
Sección 2.ª Prestaciones médicas y farmacéuticas
Sección 3.ª Ordenación de los servicios sanitarios
Subsección 1.ª Servicios sanitarios para enfermedad común y accidente no laboral
CAPÍTULO V. Incapacidad laboral transitoria
CAPÍTULO IX. Muerte y supervivencia
CAPÍTULO X. Prestaciones familiares por hijo a cargo
CAPÍTULO XII. Disposiciones comunes del Régimen General
Sección 1.ª Mejoras voluntarias de la acción protectora de este Régimen General
Subsección 1.ª Disposición General
Subsección 2.ª Mejora directa de prestaciones
Subsección 3.ª Mejoras por establecimiento de tipos de cotización adicionales
Sección 2.ª Disposiciones sobre seguridad e higiene en el trabajo en el Régimen General
Sección 3.ª Faltas y sanciones
CAPÍTULO XIV. Régimen económico y financiero
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