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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 2207/1979, de 13 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional de Ópticos.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 21/09/1979.
Entrada en vigor:
11/10/1979
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1979-22782
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1979/07/13/2207/con

Índice: «Última actualización, publicada el 18/02/1997»

Téngase en cuenta que el Colegio Nacional de Ópticos pasa a denominarse "Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas" según establece el Real Decreto 144/1997, de 31 de enero. Ref. BOE-A-1997-3512

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones derogatorias]

[Firma]

ESTATUTOS DEL COLEGIO NACIONAL DE ÓPTICOS

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]


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