Téngase en cuenta que se derogan las referencias a las bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social incluidas las de accidente de trabajo y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación conjunta, por la contratación de trabajadores con discapacidad, o su incorporación como socios a cooperativas de trabajo asociado, según establece la disposición derogatoria única.2 de Ley 43/2006, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2006-22949
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