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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del vascuence.

Publicado en:
«BON» núm. 154, de 17/12/1986, «BOE» núm. 17, de 20/01/1987.
Entrada en vigor:
18/12/1986
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-1987-1257
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-nc/lf/1986/12/15/18/con

Índice: «Última actualización, publicada el 06/07/2017»

Esta norma pasa a denominarse Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Euskera, por el art. 1 de la Ley Foral 9/2017, de 27 de junio. Ref. BOE-A-2017-8667, asímismo, las referencias hechas a la expresión "vascuence" a lo largo del texto se entienden referidas a la expresión "euskera", según establece la disposición adicional de la misma ley.

[Preámbulo]

TÍTULO PRELIMINAR . Disposiciones generales

TÍTULO I. Del uso normal y oficial

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Del uso oficial en la zona vascófona

CAPÍTULO III. Del uso en la zona mixta

CAPÍTULO IV. Del uso en la zona no vascófona

TÍTULO II. De la enseñanza

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. De la enseñanza en la zona vascófona

CAPÍTULO III. De la enseñanza en la zona mixta

CAPÍTULO IV. De la enseñanza en la zona no vascófona

TÍTULO III. De los medios de comunicación social

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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