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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 755/1987, de 19 de junio, por el que se establecen normas para garantizar la prestación de servicios mínimos en los órganos de la Administración de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 20/06/1987.
Entrada en vigor:
20/06/1987
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1987-14341
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1987/06/19/755/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 19/06/1987
  • Fecha de publicación: 20/06/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 20/06/1987

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • el art. 2.1, por Real Decreto 1349/1991, de 13 de septiembre (Ref. BOE-A-1991-23292).
    • los arts. 2 y 3 ,Por Real Decreto 1474/1988, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-28187).

Referencias anteriores

Materias

  • Administración de Justicia
  • Audiencia Nacional
  • Audiencias Provinciales
  • Audiencias Territoriales
  • Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia
  • Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia
  • Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Huelga
  • Juzgados de Distrito
  • Juzgados de Instrucción
  • Juzgados de Paz
  • Juzgados de Primera Instancia
  • Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
  • Magistraturas de Trabajo
  • Registro Civil
  • Servicios mínimos
  • Tribunal Central de Trabajo
  • Tribunal Supremo
  • Tribunales Tutelares de Menores

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