Téngase en cuenta que el presente Acuerdo se mantiene en vigor entre el Reino de España y Bosnia y Herzagovina, en virtud del Canje de cartas de 21 de enero y 11 de febrero de 2004, Ref. BOE-A-2004-5050, y entre el Reino de España y la República de Montenegro, en virtud del Canje de notas de 19 de mayo y 11 de junio de 2010, Ref. BOE-A-2010-12484, para la sucesión de tratados bilaterales existentes entre España y la antigua Yugoslavia.
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