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Real Decreto 145/1989, de 20 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de Admisión, Manipulación y Almacenamiento de Mercancías Peligrosas en los Puertos.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 13/02/1989.
Entrada en vigor:
13/05/1989
Departamento:
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1989-3496
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1989/01/20/145/con

Índice: «Última actualización, publicada el 13/02/1989»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

REGLAMENTO DE ADMISIÓN, MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE MERCANCÍAS PELIGROSAS EN LOS PUERTOS

TÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales

CAPÍTULO I-1. Ámbito de aplicación y exenciones

CAPÍTULO I-2. Definiciones

CAPÍTULO I-3.. Atribuciones de las autoridades portuarias

CAPÍTULO I-4. Admisión y notificación

CAPÍTULO I-5. Atraques y fondeaderos especialmente habilitados

CAPÍTULO I-6. Obligaciones de los buques que operen con mercancías peligrosas

CAPÍTULO I-7. Obligaciones de los buques que naveguen dentro del puerto

CAPÍTULO I-8. Obligaciones del operador del muelle o terminal

CAPÍTULO I-9. Obligaciones de las gabarras que transporten mercancías peligrosas

CAPÍTULO I-10. Obligaciones del ferrocarril y de los vehículos en relación con la operación de mercancías peligrosas

TÍTULO II. Clasificación e identificación de las mercancías peligrosas

CAPÍTULO II-1. Clasificación

CAPÍTULO II-2. Identificación

TÍTULO III. Manipulación de mercancías peligrosas

CAPÍTULO III-1. Clase 1. Explosivos

CAPÍTULO III-2. Clase 2. Gases

CAPÍTULO III-3. Clase 3. Líquidos inflamables

CAPÍTULO III-4. Clase 4. Sólidos y otras sustancias inflamables

CAPÍTULO III-5. Clase 5. Sustancias oxidantes y peróxidos orgánicos

CAPÍTULO III-6. Clase 6. Tóxicas e infecciosas

CAPÍTULO III-7. Clase 7. Materiales radiactivos

CAPÍTULO III-8. Clase 8. Sustancias corrosivas

CAPÍTULO III-9. Clase 9. Sustancias peligrosas varias

CAPÍTULO III-10. Hidrocarburos, gases licuados y productos químicos a granel

TÍTULO IV. Manipulación de contenedores, vehículos cisterna o tanques portátiles conteniendo mercancías peligrosas

TÍTULO V. Almacenamiento de mercancías peligrosas no a granel en los puertos

TÍTULO VI. Planes de emergencia y autoprotección

TÍTULO VII. Cualificación del personal

APÉNDICE I. Declaración de mercancías peligrosas

APÉNDICE II. Certificado de cumplimiento

APÉNDICE III. Certificado de arrumazón del contenedor/vehículo

APÉNDICE IV. Instrucciones de emergencia

APÉNDICE V. Declaración de mercancías peligrosas, nota de embarque y certificado de armazón del contenedor/vehículo

APÉNDICE VI. Lista de comprobación de seguridad buque/terminal

APÉNDICE VII. Etiquetas y rótulos

APÉNDICE VIII. Relación de mercancías sólidas que, cargadas a granel, ofrecen riesgos químicos, algunos de los cuales responden a la propia peligrosidad de la mercancía


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