Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 391/1989, de 21 de abril, por el que se establece la cuantía del complemento de destino de los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 21/04/1989
  • Fecha de publicación: 22/04/1989
  • Fecha de entrada en vigor: 23/04/1989
  • Efectos económicos desde el 1 de enero de 1989.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA la nulidad de los apartados 1.b) y el inciso indicado del párrafo 1 del 2 del art. 9, por Sentencia del TS de 27 de abril de 2004 (Ref. BOE-A-2004-12095).
  • SE DEROGA los arts. 8 a 12, por Real Decreto 431/2004, de 12 de marzo (Ref. BOE-A-2004-5191).
  • SE DECLARA:
    • la nulidad del art.4.grupo quinto.B), por Sentencia del TS de 12 de marzo de 2002 (Ref. BOE-A-2002-7902).
    • la nulidad del art. 4.grupo cuarto.A), por Sentencia del TS de 15 de marzo de 2002 (Ref. BOE-A-2002-7903).
  • SE AÑADE:
    • un art. 13, por Real Decreto 141/2002, de 1 de febrero (Ref. BOE-A-2002-2508).
    • el art. 12, por Real Decreto 1163/2001, de 26 de octubre (Ref. BOE-A-2001-20094).
  • SE DEROGA y se modifica lo indicado, por Real Decreto 1908/2000, de 24 de noviembre (Ref. BOE-A-2000-21554).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 9.2, por Real Decreto 1378/1991, de 13 de septiembre (Ref. BOE-A-1991-23943).
    • arts. 4 y 5, por Ley 31/1990, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1990-31180).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con la disposición transitoria primera, aprobando Plantilla del Ministerio Fiscal: Real Decreto 675/1989, de 9 de junio (Ref. BOE-A-1989-13908).

Referencias anteriores

  • DEROGA determinados preceptos y modifica el art. 13 del Real Decreto 1404/1988, de 25 de noviembre (Ref. BOE-A-1988-27278).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • la disposición transitoria quinta, en relación con el art. 38, de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29563).
    • el art. 17 de la Ley 17/1980, de 24 de abril (Ref. BOE-A-1980-8779).
  • CITA:

Materias

  • Carrera Fiscal
  • Carrera Judicial
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Ministerio Fiscal
  • Retribuciones Administración Civil

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid