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La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 15/03/1991
  • Fecha de publicación: 21/03/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 22/03/1991

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • los arts. 7 y 8, por Real Decreto 1127/2021, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-21110).
    • los arts. 7.2 y 6, 8, 9.b), disposición final 1 y SE SUPRIME la disposición final , por Real Decreto 369/2021, de 25 de mayo (Ref. BOE-A-2021-8750).
    • los arts. 4.4, 7.5 y 8.3, por Real Decreto 1152/2015, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-4).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD reformando los Estatutos: Orden SSI/384/2015, de 18 de febrero (Ref. BOE-A-2015-2420).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 7.5 y 6, por Real Decreto 3/2013, de 11 de enero (Ref. BOE-A-2013-496).
    • los arts. 7, 8, 9 y la disposición final 2, por Real Decreto 1146/2012, de 27 de julio (Ref. BOE-A-2012-11211).
    • los arts. 1, 2, 4, 7, 8 y se añade un art. 9, por Real Decreto 394/2011, de 18 de marzo (Ref. BOE-A-2011-5198).
    • el art. 8.2 y la disposición final única, por Real Decreto 1434/2008, de 29 de agosto (Ref. BOE-A-2008-14464).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, publicando nuevos estatutos: Orden TAS/2533/2006, de 27 de julio (Ref. BOE-A-2006-14065).
  • SE MODIFICA los arts. 1.1, 2, 3, 4, 7 y 8, por Real Decreto 1359/2005, de 18 de noviembre (Ref. BOE-A-2005-19791).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD publicando nuevos estatutos de la ONCE, por la Orden de 23 de marzo de 2000 (Ref. BOE-A-2000-7019).
  • SE MODIFICA los arts. 1, 4, 6, 7 y 8, por Real Decreto 1200/1999, de 9 de julio (Ref. BOE-A-1999-16374).
  • SE DECLARA en el CONFLICTO 506/1986, la desestimación y que las competencias controvertidas corresponden al Estado, por Sentencia 171/1998, de 23 de julio (Ref. BOE-T-1998-20048).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, publicando los Estatutos de la Once: Resolución de 23 de noviembre de 1992 (Ref. BOE-A-1992-26153).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 85, de 9 de abril de 1991 (Ref. BOE-A-1991-8486).

Referencias anteriores

Materias

  • Ministerio de Asuntos Sociales
  • Organización Nacional de Ciegos

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