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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Ley 1/1992, de 7 de mayo, de Pesca Fluvial.

Publicado en:
«DOCM» núm. 56, de 24/07/1992, «BOE» núm. 241, de 07/10/1992.
Entrada en vigor:
24/09/1992
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-1992-22500
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-cm/l/1992/05/07/1/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 07/05/1992
  • Fecha de publicación: 07/10/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 24/09/1992
  • Publicada en el DOCM núm. 56, de 24 de julio de 1992.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • el art. 48.3.15, por Ley 2/2018, de 15 de marzo (Ref. BOE-A-2018-6000).
    • los arts. 32, 33, 48, 49 51, 55 y 57, por Ley 3/2015, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-2015-6877).
    • el art. 55, por Ley 3/2008, de 12 de junio (Ref. BOE-A-2008-13685).
  • SE DECLARA en el recurso 2559/1992, que son contrarios al Orden constitucional de competencias los arts. 21.1, 22, 23.1, 24.2, 34.8 y los apartados 2.18, 3.24 y 4.8 del 48, por Sentencia 15/1998, de 22 de enero (Ref. BOE-T-1998-4186).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con el art. 31.1 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto (Ref. BOE-A-1982-20820).
  • CITA:

Materias

  • Acuicultura
  • Aguas
  • Castilla La Mancha
  • Medio ambiente
  • Pesca fluvial
  • Piscicultura

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