CAPÍTULO I. Disposiciones comunes
CAPÍTULO II. Abono de las subvenciones por gastos electorales
Sección preliminar. Disposiciones comunes a los abonos de subvenciones por gastos electorales
Sección 1.ª Abono del anticipo de hasta un 30 por 100 de las subvenciones por gastos electorales
Sección 2.ª Abono del 90 por 100 de las subvenciones por gastos electorales
Sección 3.ª Abono de la liquidación definitiva de las subvenciones
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
Ayúdenos a mejorar: puede dirigir sus comentarios y sugerencias a nuestro Servicio de atención al ciudadano
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid