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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 2/1995, de 10 de febrero, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de La Rioja.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 10/02/1995
  • Fecha de publicación: 15/03/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 16/03/1995
  • Publicada en el BOR núm. 22, de 21 de febrero de 1995.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA los arts. 24, 25 y 26, por Ley 2/2023, de 31 de enero (Ref. BOE-A-2023-4327).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 28 y 29, por Ley 7/2012, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-452).
    • los arts. 4.1.e), 29, 35, 49 y 87, por Ley 6/2009, de 15 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-657).
    • los arts. 31.1, 35, 78, 85 y 87, por Ley 5/2008, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-1262).
    • el art. 89.4, por Ley 11/2006, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-1473).
    • los arts. 8.1, 33.1, 33.3, 36.2, 76.g), 88 y 89 y se añade un nuevo art. 94, por Ley 13/2005, de 16 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-679).
    • los arts. 33, 34, 87 y 89, por Ley 10/2002, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-95).
    • los arts. 39.2 y 61, por Ley 7/2000, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-24375).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio (Ref. BOE-A-1982-15030).
  • CITA:

Materias

  • Flora
  • Incendios forestales
  • La Rioja
  • Montes
  • Plagas del campo
  • Repoblación forestal

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