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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOIB» núm. 134, de 02/11/2000, «BOE» núm. 279, de 21/11/2000.
Entrada en vigor:
02/01/2001
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Referencia:
BOE-A-2000-20977
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ib/l/2000/10/27/8/con

Índice: «Última actualización, publicada el 07/07/2022»

Norma derogada, con efectos de 7 de agosto de 2022, por la disposición derogatoria 1.a) de la Ley 4/2022, de 28 de junio. Ref. BOE-A-2022-13847

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones generales

TÍTULO II. Organización de los consejos insulares

TÍTULO III. Funcionamiento y régimen jurídico

TÍTULO IV. Funciones y competencias de los consejos insulares

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. De la atribución de competencias y funciones por la comunidad autónoma

Sección 1.ª De las competencias transferidas

Sección 2.ª De las competencias delegadas

Sección 3.ª Disposiciones comunes

CAPÍTULO III. De los instrumentos de cooperación

CAPÍTULO IV. De la Comisión Técnica Interinsular

TÍTULO V. Financiación de los consejos insulares

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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