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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 2/2001, de 31 de mayo, de Turismo de La Rioja.

Publicado en:
«BOR» núm. 66, de 02/06/2001, «BOE» núm. 147, de 20/06/2001.
Entrada en vigor:
22/06/2001
Departamento:
Comunidad Autónoma de La Rioja
Referencia:
BOE-A-2001-11814
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ri/l/2001/05/31/2/con

Índice: «Modificación publicada el 21/12/2002»

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones generales

TÍTULO II. Derechos y obligaciones

TÍTULO III. Ordenación de la oferta turística

CAPÍTULO I. Normas generales

CAPÍTULO II. Ordenación sectorial

Sección 1.ª De la actividad turística de alojamiento

Sección 2.ª De la actividad de intermediación turística

Sección 3.ª De la actividad de restauración

Sección 4.ª Actividad de información turística

Sección 5.ª Otras actividades turísticas complementarias

Sección 6.ª Profesiones turísticas

TÍTULO IV. Planificación y promoción del Turismo

CAPÍTULO I. Planificación

CAPÍTULO II. Promoción y fomento del turismo

TÍTULO V. Inspección y régimen sancionador

CAPÍTULO I. De la inspección de turismo

CAPÍTULO II. Régimen sancionador

Sección 1.ª De las infracciones

Sección 2.ª De las sanciones

Sección 3.ª Procedimiento

Sección 4.ª Conciliación y subsanación

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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