Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 7/2001, de 22 de junio, de Turismo.

Publicado en:
«BOPA» núm. 156, de 06/07/2001, «BOE» núm. 203, de 24/08/2001.
Entrada en vigor:
07/07/2001
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2001-16538
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-as/l/2001/06/22/7/con

Atención: última actualización en proceso

Índice: «Última actualización, publicada el 24/12/2010»

[Preámbulo]

TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales

TÍTULO I. Competencias

CAPÍTULO I. Competencias turísticas de las Administraciones Públicas

CAPÍTULO II. Consejo Asesor de Turismo del Principado de Asturias

TÍTULO II. De la ordenación territorial de los recursos turísticos

CAPÍTULO I. Condiciones para el establecimiento y desarrollo de las actividades y empresas turísticas

Sección 1.ª Disposiciones generales para la protección del medio ambiente y del patrimonio cultural

Sección 2.ª Disposiciones específicas sobre la ordenación territorial de los usos turísticos

CAPÍTULO II. Instrumentos de ordenación territorial de los recursos turísticos

TÍTULO III. Derechos y deberes en materia turística

CAPÍTULO I. Usuarios turísticos

CAPÍTULO II. Empresas turísticas

TÍTULO IV. Ordenación de la oferta turística

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Empresas de alojamiento turístico

Sección 1.ª Empresas de alojamiento: modalidades

Sección 2.ª Establecimientos hoteleros

Sección 3.ª Apartamentos turísticos

Sección 4.ª Alojamientos de turismo rural

Sección 5.ª Albergues turísticos

Sección 6.ª Viviendas vacacionales

Sección 7.ª Campamentos de turismo

Sección 8.ª Núcleos, ciudades, clubes o villas vacacionales

CAPÍTULO III. Empresas de restauración

CAPÍTULO IV. Empresas de intermediación turística

CAPÍTULO V. Empresas de turismo activo

CAPÍTULO VI. Profesiones turísticas

TÍTULO V. Promoción y desarrollo del turismo

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Medidas de promoción

CAPÍTULO III. Medidas de fomento y desarrollo

TÍTULO VI. Inspección turística

TÍTULO VII. Disciplina turística

CAPÍTULO I. Infracciones

CAPÍTULO II. Sanciones

CAPÍTULO III. Procedimiento sancionador

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid