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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 7/2001, de 22 de junio, de Turismo.

Publicado en:
«BOPA» núm. 156, de 06/07/2001, «BOE» núm. 203, de 24/08/2001.
Entrada en vigor:
07/07/2001
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2001-16538
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-as/l/2001/06/22/7/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 22/06/2001
  • Fecha de publicación: 24/08/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 07/07/2001
  • Publicada en el BOPA núm. 156, de 6 de julio de 2001.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • determinados preceptos , por Ley 10/2010, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-2011-2622).
    • el art. 43.2 y 3, por Ley 6/2004, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2005-1922).
    • lo indicado, por Ley 1/2004, de 21 de octubre (Ref. BOE-A-2004-19794).

Referencias anteriores

  • DEROGA la Ley 2/1986, de 28 de abril (Ref. BOE-A-1986-15201).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 31.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1982-634).

Materias

  • Administración Local
  • Asturias
  • Consumidores y usuarios
  • Empresas y Actividades Turísticas
  • Funcionarios públicos
  • Hostelería
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Turismo

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