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Real Decreto 595/2002, de 28 de junio, por el que se regula la habilitación para ejercer las profesiones de enólogo, técnico especialista en vitivinicultura y técnico en elaboración de vinos.

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 05/07/2002.
Entrada en vigor:
06/07/2002
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2002-13248
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2002/06/28/595/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 28/06/2002
  • Fecha de publicación: 05/07/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 06/07/2002

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA el art. 8, por Real Decreto 776/2011, de 3 de junio (Ref. BOE-A-2011-9736).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 8, estableciendo criterios para la emisión de los certificados de habilitación profesional: Resolución de 7 de julio de 2004 (Ref. BOE-A-2004-13885).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con el art. 102 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-30155).
  • CITA Real Decreto 1845/1996, de 26 de julio (Ref. BOE-A-1996-19608).

Materias

  • Certificado de Profesionalidad
  • Enología
  • Formación profesional
  • Títulos académicos y profesionales
  • Viticultura

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