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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 27/05/2003
  • Fecha de publicación: 03/06/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 04/06/2003

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • la disposición adicional única.2, por Orden HAC/66/2024, de 25 de enero (Ref. BOE-A-2024-1990).
    • la disposición adicional única.2, por Orden HFP/626/2023, de 14 de junio (Ref. BOE-A-2023-14425).
    • la disposición adicional única.2, por Orden HFP/1337/2022, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-24387).
    • la disposición adicional única.2, por Orden HFP/1314/2022, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-23749).
    • la disposición adicional única.2, por Orden HFP/826/2022, de 30 de agosto (Ref. BOE-A-2022-14275).
    • los apartados 1, 2, 3, la disposición adicional única y SE AÑADE el apartado 4, por Orden HFP/534/2022, de 6 de junio (Ref. BOE-A-2022-9606).
    • la disposición adicional única, por Orden HAC/1271/2019, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-2019-18747).
    • la disposición adicional única, por Orden HAC/998/2019, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-2019-14247).
    • la disposición adicional única.2, por Orden HAC/484/2019, de 9 de abril (Ref. BOE-A-2019-6339).
    • la disposición adicional única.2, por Orden HAC/135/2019, de 31 de enero (Ref. BOE-A-2019-2144).
    • la disposición adicional única.2, por Orden HAC/1147/2018, de 9 de octubre (Ref. BOE-A-2018-14900).
    • la disposición adicional única, por Orden HAP/2328/2014, de 11 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-12972).
    • la disposición adicional única, por Orden HAP/779/2013, de 30 de abril (Ref. BOE-A-2013-4825).
    • la disposición adicional única, por Orden HAP/703/2013, de 29 de abril (Ref. BOE-A-2013-4538).
    • la disposición adicional única.2, por Orden HAP/538/2013, de 5 de abril (Ref. BOE-A-2013-3671).
    • la disposición adicional única.2 , por Orden HAP/71/2013, de 30 de enero (Ref. BOE-A-2013-953).
    • la disposición adicional única.2, por Orden EHA/732/2011, de 29 de marzo (Ref. BOE-A-2011-5934).
    • la disposición adicional única.2, por Orden EHA/886/2009, de 1 de abril (Ref. BOE-A-2009-6016).
    • la disposición adicional única. 2, por Orden EHA/3482/2007, de 20 de noviembre (Ref. BOE-A-2007-20637).

Referencias anteriores

Materias

  • Gestión fiscal
  • Impuestos Especiales
  • Informática
  • Recaudación
  • Sistema tributario
  • Telecomunicaciones

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