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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Índice: «Última actualización, publicada el 04/10/2023»

Téngase en cuenta que las referencias hechas a los Secretarios Judiciales se entenderán realizadas a los Letrados de la Administración de Justicia, según establece la disposición adicional 1 de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio. Ref. BOE-A-2015-8167

Se derogan todas las disposiciones que regulen retribuciones complementarias fijas del régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, según establece la disposición derogatoria única del Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-884

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I.1. Importe mensual de sueldo del Cuerpo de Secretarios Judiciales

ANEXO I.2. Importe para el año 2003 del complemento de destino a incluir en cada paga extraordinaria del Cuerpo de Secretarios Judiciales

ANEXO II.1. Grupos de población en los que se integra Cuerpo de Secretarios Judiciales

ANEXO II.2. Complemento de destino del Cuerpo de Secretarios Judiciales

Anexo II.3. Complemento de destino por circunstancias especiales

ANEXO III. Complemento específico de los miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales por responsabilidad y penosidad


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