Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 2/2003, de 17 de marzo, de Medios de Comunicación Social.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOPA» núm. 69, de 24/03/2003, «BOE» núm. 103, de 30/04/2003.
Entrada en vigor:
13/04/2003
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2003-8794
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-as/l/2003/03/17/2/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 17/03/2003
  • Fecha de publicación: 30/04/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 13/04/2003
  • Publicada en el BOPA núm. 69, de 24 de marzo de 2003.
  • Fecha de derogación: 25/07/2014

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Ley 8/2014, de 17 de julio (Ref. BOE-A-2014-10577).
  • SE MODIFICA los arts. 7.1, 10.1 y 12, por Ley 1/2008, de 11 de abril (Ref. BOE-A-2008-10492).
  • SE DEROGA la disposición transitoria 1, SE MODIFICA los arts. 5, 6, 14, 16, 29, título V y SE AÑADE los arts. 30 a 33 y las disposiciones adicionales 5 y 6, por Ley 2/2006, de 16 de febrero (Ref. BOE-A-2006-6559).
  • SE MODIFICA el art. 5 , SE AÑADE la disposición transitoria 2 , por Ley 6/2003, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-2367).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con el art. 31.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1982-634).

Materias

  • Asturias
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Radiodifusión
  • Televisión

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid