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Ley 7/2005, de 30 de junio, de Juventud de La Rioja.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOR» núm. 91, de 09/07/2005, «BOE» núm. 178, de 27/07/2005.
Entrada en vigor:
10/07/2005
Departamento:
Comunidad Autónoma de La Rioja
Referencia:
BOE-A-2005-12879
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ri/l/2005/06/30/7/con

Índice: «Texto original, publicado el 09/07/2005»

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones generales

TÍTULO II. Principios

TÍTULO III. Sectores de actuación en materia de juventud

CAPÍTULO I. Generalidades

CAPÍTULO II. Sectores de actuación transversal

TÍTULO IV. Equipamientos y recursos de la política de juventud

CAPÍTULO I. Generalidades

CAPÍTULO II. Oficinas Locales de Juventud

CAPÍTULO III. Centros Juveniles

CAPÍTULO IV. Albergues

CAPÍTULO V. Escuelas de formación, ocio y tiempo libre

CAPÍTULO VI. Recursos de la política de juventud

TÍTULO V. Formación

TÍTULO VI. Participación y asociacionismo juvenil

CAPÍTULO I. Participación social

CAPÍTULO II. Participación institucional

TÍTULO VII. Actividades juveniles

TÍTULO VIII. Registro

TÍTULO IX. Organización administrativa

CAPÍTULO I. Competencias

CAPÍTULO II. Instituto Riojano de la Juventud

TÍTULO X. Financiación

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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