Con efectos de 1 de febrero de 2020, se declara la vigencia de esta norma, por el art. 19.1 y la disposición final única de la Ley 2/2020, de 30 de enero. Ref. BOE-A-2020-1939; vigencia que quedó suspendida desde el 24 de octubre de 2013, por el art. único de la Ley 9/2013, de 21 de octubre. Ref. BOE-A-2013-11596.
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
TÍTULO I. Del nombramiento y cese y de las condiciones del Defensor del Pueblo
TÍTULO IV. Del informe al Parlamento de La Rioja
TÍTULO V. Medios personales y materiales
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