[Disposición derogada]
Norma derogada, con efectos de 7 de septiembre de 2023, salvo el anexo I, que mantiene su vigencia hasta la entrada en vigor del listado de especialidades de conocimiento al que hace referencia la disposición transitoria 2 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, según establece su disposición derogatoria única.1.a). Ref. BOE-A-2023-19027
Con fecha 1 de enero de 2024 se constituyen las comisiones de acreditación, con las especialidades de conocimiento que se asignan a cada comisión, que sustituyen a las comisiones recogidas en el Anexo I del presente Real Decreto, que queda suprimido, según establece el apartado tercero de la Resolución de 14 de noviembre de 2023. Ref. BOE-A-2023-23709
Capítulo I. Disposiciones generales
Capítulo II. Comisiones de acreditación
Capítulo III. Requisitos para la acreditación
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