El Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de febrero actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 584-2007, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, contra los arts. 2, inciso final de la letra a); 32, apartado 3; 36, apartado 2; 38, letras a) y b) del apartado 2; 45, letras a) y b) del apartado 2; 46; 47, apartado 3 y la disposición adicional única de la Ley de la Comunidad Valenciana 1/2006, del 19 de abril, del Sector Audiovisual. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el art. 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -22 de enero de 2007-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
Madrid, 13 de febrero de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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