Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 18/2009, de 22 de octubre, de salud pública.

Publicado en:
«DOGC» núm. 5495, de 30/10/2009, «BOE» núm. 276, de 16/11/2009.
Entrada en vigor:
31/10/2009
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2009-18178
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ct/l/2009/10/22/18/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 22/10/2009
  • Fecha de publicación: 16/11/2009
  • Fecha de entrada en vigor: 31/10/2009
  • Publicada en el DOGC núm 5495, de 30 de octubre de 2009.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • el art. 55 y SE AÑADE el 55 bis, por Decreto-ley 27/2020, de 13 de julio (Ref. BOE-A-2020-9555).
    • el art. 13, las referencias indicadas y SE AÑADE los arts. 12 y 77, por Ley 5/2019, de 31 de julio (Ref. DOGC-f-2019-90528).
    • el art. 60.8, por Ley 5/2017, de 28 de marzo (Ref. BOE-A-2017-7353).
  • SE DEROGA los arts. 12 y lo indicado del 13, 15.1, 44, 49, 77 y el capítulo II del título III; SE DECLARA la vigencia con carácter reglamentario de los arts. 25, 26, 40 a 42, 45 a 47 y SE MODIFICA lo indicado, por Ley 2/2014, de 27 de enero (Ref. BOE-A-2014-2999).
  • SE DEJA SIN EFECTO la derogación del art. 44 y lo indicado del capítulo II del título III y de los arts. 12, 13.2 y 15.1 y se declara la vigencia con rango reglamentario de los arts. 25, 26, 40 a 42, 45 a 47, 49 y 77, en la redacción dada por el Decreto-ley 5/2013, de 22 de octubre, por Resolución 477/X, de 13 de enero de 2014 (Ref. DOGC-f-2014-90535).
  • SE DEROGA:
    • el art. 44 y lo indicado del capítulo II del título III y de los arts. 12, 13.2 y 15.1 y SE DECLARA LA VIGENCIA con rango reglamentario de los arts. 25, 26, 40 a 42, 45 a 47, 49 y 77, por Decreto-ley 5/2013, de 22 de octubre (Ref. BOE-A-2014-969).
    • Disposición adicional 3, SE MODIFICA los arts. 19, 26, 29, 32, 51, 55, 60, 61 y 69 y SE DECLARA la vigencia del art. 14 por Ley 11/2011, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-548).
  • CORRECCIÓN de errores, con modificación de la disposición final 1, en BOE núm. 50 de 26 de febrero de 2010 (Ref. BOE-A-2010-3101).
  • SE SUPRIME art. 33.5, por Ley 26/2009, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-737).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • todos sus preceptos salvo las disposiciones transitorias 1 a 3 y 7 a 9, y MODIFICA las disposiciones 2 y 7 de la Ley 7/2003, de 25 de abril (Ref. BOE-A-2003-10531).
    • Ley 20/2002, de 5 de julio (Ref. BOE-A-2002-15343).
    • arts. 27 a 32 de la Ley 15/1983, de 14 de julio (Ref. BOE-A-1983-23846).
  • MODIFICA:
  • DE CONFORMIDAD con el art. 65 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio (Ref. BOE-A-2006-13087).
  • EN RELACIÓN con Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril (Ref. DOGC-f-2003-90015).
  • CITA:
    • Ley 16/2003, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2003-10715).
    • Decreto 272/2003, de 4 de noviembre (DOGC del 19).
    • Decreto 128/2006, de 9 de mayo (DOGC del 11).

Materias

  • Alimentación
  • Asistencia sanitaria
  • Bebidas alcohólicas
  • Cataluña
  • Enfermedades
  • Función Pública
  • Información
  • Laboratorios
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Procedimiento sancionador
  • Publicidad
  • Servicios Públicos de Salud

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid