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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 4/2010, de 28 de abril, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas de Calidad Agroalimentaria de Extremadura.

Publicado en:
«DOE» núm. 81, de 30/04/2010, «BOE» núm. 120, de 17/05/2010.
Entrada en vigor:
20/05/2010
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-A-2010-7860
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ex/l/2010/04/28/4/con

Índice: «Modificación publicada el 21/03/2016»

Esta norma pasa a denominarse "Ley 4/2010, de 28 de abril, de Consejos Reguladores de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas de Calidad Agroalimentaria de Extremadura", según establece el art. 1.1 de la Ley 2/2016, de 17 de marzo. Ref. BOE-A-2016-3542.

Téngase en cuenta que las referencias hechas en el articulado a la expresión de órganos de gestión deben entenderse referidas a las entidades de gestion, según establece el art. 1.6 de la citada ley.

[Preámbulo]

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

TÍTULO PRELIMINAR. Objeto y definiciones

TÍTULO I. Régimen jurídico de las denominaciones de origen o indicaciones geográficas y obligaciones generales

TÍTULO II. Protección de las denominaciones de origen o indicaciones geográficas

TÍTULO III. Normativa específica de cada denominación de origen o indicación geográfica

TÍTULO IV. Órganos de gestión de las denominaciones de origen o indicaciones geográficas

TÍTULO V. Régimen jurídico de los actos, resoluciones y negocios jurídicos del órgano de gestión

CAPÍTULO I. Actos y resoluciones de naturaleza administrativa

CAPÍTULO II. Actos, resoluciones y negocios jurídicos sujetos a derecho privado

CAPÍTULO III. Responsabilidad

TÍTULO VI. Sistema de garantía del cumplimiento del pliego de condiciones

TÍTULO VII. Potestades de supervisión de los órganos de gestión, de inspección y de adopción de medidas de restauración de la legalidad

TÍTULO VIII. Régimen sancionador

TÍTULO IX. Colaboración y cooperación entre la Administración de la Comunidad Autónoma y los órganos de gestión

TÍTULO X. Fomento de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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