Téngase en cuenta que esta norma entra en vigor de forma completa el 30 de abril de 2021, con las excepciones indicadas en la disposición final décima.
No obstante, esta Ley entrará en vigor para las oficinas consulares del Registro Civil el día 1 de octubre de 2020, aplicándose de forma progresiva de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria séptima y las disposiciones reglamentarias que se dicten al efecto.
TÍTULO I. El Registro Civil. Disposiciones generales
CAPÍTULO PRIMERO. Naturaleza, contenido y competencias del Registro Civil
CAPÍTULO SEGUNDO. Derechos y deberes ante el Registro Civil
TÍTULO II. Principios de funcionamiento del Registro Civil
TÍTULO III. Estructura y dependencia del Registro Civil
CAPÍTULO PRIMERO. Oficinas del Registro Civil
CAPÍTULO SEGUNDO. La Dirección General de los Registros y del Notariado
TÍTULO IV. Títulos que acceden al Registro Civil. Control de legalidad
CAPÍTULO PRIMERO. Títulos que acceden al Registro Civil
CAPÍTULO SEGUNDO. Control de legalidad
TÍTULO V. Los asientos registrales
CAPÍTULO PRIMERO. Competencia para efectuar los asientos
CAPÍTULO SEGUNDO. Reglas generales para la práctica de asientos
CAPÍTULO TERCERO. Clases de asientos
CAPÍTULO CUARTO. Promoción de la inscripción y de otros asientos
TÍTULO VI. Hechos y actos inscribibles
CAPÍTULO PRIMERO. Inscripción de nacimiento
Sección 1.ª Hecho inscribible y personas obligadas a promover la inscripción
Sección 2.ª Contenido de la inscripción de nacimiento
CAPÍTULO SEGUNDO. Inscripciones relativas al matrimonio
CAPÍTULO TERCERO. Inscripción de la defunción
CAPÍTULO CUARTO. Otras inscripciones
CAPÍTULO QUINTO. Inscripciones en circunstancias excepcionales
TÍTULO VII. Publicidad del Registro Civil
CAPÍTULO PRIMERO. Instrumentos de publicidad registral
CAPÍTULO SEGUNDO. Datos sometidos a régimen de protección especial
TÍTULO VIII. Régimen de recursos
TÍTULO IX. Los procedimientos registrales
CAPÍTULO PRIMERO. Reglas generales de los procedimientos registrales
CAPÍTULO SEGUNDO. Rectificación de los asientos del Registro Civil
CAPÍTULO TERCERO. Declaraciones con valor de simple presunción
TÍTULO X. Normas de Derecho internacional privado
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