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Ley 4/2012, de 30 de abril, por la que se establece el régimen sancionador en diversas materias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se fijan medidas administrativas urgentes en materia de juego.

Publicado en:
«BOIB» núm. 68, de 12/05/2012, «BOE» núm. 134, de 05/06/2012.
Entrada en vigor:
13/05/2012
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Referencia:
BOE-A-2012-7446
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ib/l/2012/04/30/4/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 30/04/2012
  • Fecha de publicación: 05/06/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 13/05/2012
  • Publicada en el BOIB núm. 68, de 12 de mayo de 2012.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA el art. 2 y las disposiciones adicionales 1, 2, 3 y 4 y finales 1 y 2 , por Ley 8/2014, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-2014-8888).
  • SE MODIFICA el art. 1, por Ley 15/2012, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-631).

Referencias anteriores

  • DEROGA el Decreto-ley 7/2011 de 23 de diciembre (Ref. BOIB-i-2011-90086).
  • DEJA SIN EFECTO, en su ámbito, lo indicado del anexo.B del Real Decreto 123/1995, de 27 de enero (Ref. BOE-A-1995-4353).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 30 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2007-4233).

Materias

  • Autorizaciones
  • Baleares
  • Industrias
  • Infracciones
  • Juego
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Sanciones

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