Téngase en cuenta que queda derogada la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte aprobada por la presente Resolución, a excepción del Anexo II y el Anexo III, que permanecen en vigor, según establece la Resolución de 18 de diciembre de 2014. Ref. BOE-A-2014-13615. Se mantiene la vigencia de los Anexos II y III por Resolución de 17 de diciembre de 2015, Ref. BOE-A-2015-14216, Resolución de 30 de diciembre de 2016, Ref. BOE-A-2017-212, Resolución de 22 de diciembre de 2017, Ref. BOE-A-2017-15720, Resolución de 21 de diciembre de 2018. Ref. BOE-A-2018-18098, Resolución de 11 de diciembre de 2019, Ref. BOE-A-2019-18276, Resolución de 25 de noviembre de 2020. Ref. BOE-A-2020-15601, Resolución de 25 de noviembre de 2021, Ref. BOE-A-2021-20076 y Resolución de 22 de noviembre de 2022, Ref. BOE-A-2022-19829.
ANEXO I. LISTA DE SUSTANCIAS Y MÉTODOS PROHIBIDOS–NORMAS INTERNACIONALES
ANEXO II. Sustancias y métodos prohibidos en galgos
ANEXO III. Sustancias y procedimientos prohibidos en competiciones hípicas
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