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Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 13/07/2013.
Entrada en vigor:
14/07/2013
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2013-7705
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/2013/07/12/9/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 12/07/2013
  • Fecha de publicación: 13/07/2013
  • Fecha de entrada en vigor: 14/07/2013

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA la desestimación de la Cuestión 2322/2016, en relación con los arts. 3.1, 4 y anexos I y II, por Sentencia 181/2016, de 20 de octubre (Ref. BOE-A-2016-11128).
  • Cuestión 2322/2016 promovida por supuesta inconstitucionalidad de los arts. 3.1 y 4 y lo indicado de los anexos I y II (Ref. BOE-A-2016-6342).
  • SE DECLARA:
    • en el Recurso 2408/2014, su desestimación, por Sentencia 61/2016, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-2016-3914).
    • en el Recurso 2391/2014, su DESESTIMACIÓN en relación con la disposición transitoria 3 y la disposición final 2 , por Sentencia 42/2016, de 3 de marzo (Ref. BOE-A-2016-3408).
    • en el recurso 6031/2013, la desestimación en relación con el art. 1.2 y 3 y disposiciones adicional 1, transitoria 3, derogatoria única.2 y final 2 del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, por Sentencia 30/2016, de 18 de febrero (Ref. BOE-A-2016-2911).
    • en el recurso 5852/2013, la desestimación en relación con el art. 1.2 y 3 y disposiciones adicional 1, transitoria 3 y final 2, por Sentencia 29/2016, de 18 de febrero (Ref. BOE-A-2016-2910).
    • en el Recurso 5851/2013, su DESESTIMACIÓN por Sentencia 19/2016, de 4 de febrero (Ref. BOE-A-2016-2336).
    • en el Recurso 5347/2013, la DESESTIMACIÓN en relación con el art. 1.2 y 3, disposiciones adicional 1, transitoria 3 y final 2, por Sentencia 270/2015, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-631).
  • Recurso 2408/2014 promovido contra determinados preceptos (Ref. BOE-A-2014-5732).
  • SE DEROGA la disposición adicional 4 y SE MODIFICA la disposición transitoria 3.2, por Ley 24/2013, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13645).
  • SE PUBLICA Acuerdo de convalidación, por Resolución de 17 de julio de 2013 (Ref. BOE-A-2013-7953).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • Disposiciones adicional 1, transitoria 5.2 y, en la forma indicada, el art. 4 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril (Ref. BOE-A-2009-7581).
    • en la forma indicada Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre (Ref. BOE-A-2008-15595).
    • en la forma indicada Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo (Ref. BOE-A-2007-10556).
  • MODIFICA:
    • Disposición adicional 8.3 de la Ley 3/2013, de 4 de junio (Ref. BOE-A-2013-5940).
    • art. 54.1 y 2 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-15651).
    • arts. 4.1 y 2 y 6.5 del Real Decreto 325/2008, de 29 de febrero (Ref. BOE-A-2008-4143).
    • arts. 16, 30, disposición adicional 21 y AÑADE las disposición adicional 27 a la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-1997-25340).
    • arts. 84, 85.1 y 87 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-28741).

Materias

  • Aval
  • Centrales eléctricas
  • Comisión Nacional de Energía
  • Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
  • Distribución de energía
  • Empresas
  • Energía eléctrica
  • Fondos de Titulización de Activos
  • Impuestos Especiales
  • Inversiones
  • Política energética
  • Precios
  • Registros administrativos
  • Reglamentaciones técnicas
  • Tarifas
  • Tasas
  • Transporte de energía

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