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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 577/2013, de 26 de julio, por el que se regula la farmacovigilancia de medicamentos de uso humano.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27/07/2013.
Entrada en vigor:
28/07/2013
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2013-8191
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2013/07/26/577/con

Índice: «Última actualización, publicada el 26/11/2020»

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. De las administraciones sanitarias

CAPÍTULO III. De los profesionales sanitarios y los ciudadanos

CAPÍTULO IV. De los titulares de la autorización de comercialización

CAPÍTULO V. De la intervención administrativa

CAPÍTULO VI. De los estudios posautorización

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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