[Disposición derogada]
Norma derogada, con efectos de 20 de enero de 2016, por la disposición derogatoria única.j) del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero. Ref. BOE-A-2016-439.
PARTE NORMATIVA DEL PLAN HIDROLÓGICO DE LA PARTE ESPAÑOLA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO
CAPÍTULO 1. Ámbito territorial
CAPÍTULO 2. Definición de masas de agua
Sección 1. Masas de agua superficial
Sección 2. Masas de agua subterránea
CAPÍTULO 3. Objetivos medioambientales
CAPÍTULO 4. Regímenes de caudales ecológicos
CAPÍTULO 5. Prioridad y compatibilidad de usos
CAPÍTULO 6. Asignación y reserva de recursos
CAPÍTULO 7. Utilización del dominio público hidráulico
Sección 1. Usos comunes y privativos
Sección 2. Autorizaciones y concesiones
Sección 4. Normas de aplicación a aprovechamientos específicos
CAPÍTULO 8. Protección del dominio público hidráulico y calidad de las aguas
Sección 1. Zonas de protección
CAPÍTULO 9. Régimen económico financiero de la utilización del dominio público hidráulico
CAPÍTULO 10. Seguimiento y revisión del plan hidrológico
CAPÍTULO 11. Organización y procedimiento para hacer efectiva la participación pública
CAPÍTULO 12. Indicadores de sequía
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