Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, por la que se establece un Plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 30/11/2015.
Entrada en vigor:
01/12/2015
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2015-12992
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2015/11/17/aaa2534/con

Índice: «Última actualización, publicada el 25/01/2024»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Plan de pesca de la modalidad de cerco en el Cantábrico Noroeste

ANEXO II. Plan de pesca para determinadas artes fijos de enmalle en las provincias marítimas de Gijón, Santander, Guipúzcoa y Vizcaya

ANEXO III. Plan de pesca para la modalidad de arrastre de fondo en el Cantábrico y Noroeste

ANEXO IV. Limitaciones al ejercicio de la pesca con determinados artes fijos y otras artes menores

ANEXO V. Distribución de la cuota de especies para el caladero Cantábrico y noroeste

ANEXO VI. Distribución de la cuota de caballa para los buques que capturan esta especie y faenan en aguas de NEAFC

ANEXO VII. Distribución de la cuota de por modalidades del Cantábrico y noroeste

ANEXO VIII. Transferencia de las posibilidades de pesca de un buque

ANEXO IX. Porcentaje inicial de cuota de caballa y jurel para los buques cerco del Cantábrico y Noroeste para el primer año de vigencia de la orden (de acuerdo al artículo 2.8.c)

ANEXO X. Posibilidades de pesca buques arrastre de fondo del Cantábrico y Noroeste para el primer año de vigencia de la orden (de acuerdo al artículo 2.4.b)


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid