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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Real Decreto 123/2015, de 27 de febrero, por el que se regula la licencia y habilitaciones del piloto de ultraligero.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 13/03/2015.
Entrada en vigor:
13/05/2015
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2015-2670
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2015/02/27/123/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 27/02/2015
  • Fecha de publicación: 13/03/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 13/05/2015

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 10, y establece los requisitos de habilitación como piloto de aeronaves ultraligeras AN-D-09: Resolución de 31 de julio de 2024 (Ref. BOE-A-2024-17998).
    • sobre exámenes electrónicos para la obtención de licencias para pilotos de ultraligeros (ULM): Resolución de 11 de abril de 2019 (Ref. BOE-A-2019-7513).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 86 de 10 de abril de 2015 (Ref. BOE-A-2015-3831).

Referencias anteriores

  • DEROGA los capítulos IV a VII de la Orden de 24 de abril de 1986 (Ref. BOE-A-1986-11068).
  • SUPRIME el art. 4 y AÑADE la disposición adicional única al Real Decreto 2876/1982, de 15 de octubre (Ref. BOE-A-1982-29134).
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final 4 de la Ley 48/1960, de 21 de julio (Ref. BOE-A-1960-10905).

Materias

  • Aeronaves
  • Licencias
  • Navegación aérea
  • Ocio
  • Pilotos de aviación

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

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