[Disposición derogada]
Norma derogada, con efectos de 6 de julio de 2023, por la disposición derogatoria única del Real Decreto 573/2023, de 4 de julio. Ref. BOE-A-2023-15553
REGLAMENTO DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
CAPÍTULO IV. Organismos acreditados para la intermediación en adopción internacional
CAPÍTULO V. Acreditación de los organismos
Sección 1.ª Requisitos para la acreditación
Sección 2.ª Procedimiento de acreditación
Sección 3.ª Eficacia y duración de la acreditación y suspensión de la entrega de nuevos expedientes
Sección 4.ª Retirada de la acreditación y obligaciones de los organismos acreditados
Sección 5.ª Cooperación y fusión entre organismos acreditados
Sección 7.ª Seguimiento y control de las actividades de los organismos acreditados
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