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Ley 13/2018, de 28 de diciembre, de caminos públicos y rutas senderistas de Mallorca y Menorca.

Publicado en:
«BOIB» núm. 163, de 29/12/2018, «BOE» núm. 24, de 28/01/2019.
Entrada en vigor:
30/12/2018
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Referencia:
BOE-A-2019-995
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ib/l/2018/12/28/13/con

Índice: «Última actualización, publicada el 29/12/2018»

[Preámbulo]

TÍTULO I. Objeto y principios generales

TÍTULO II. Caminos públicos

CAPÍTULO I. Régimen jurídico

CAPÍTULO II. De la catalogación y el registro de los caminos públicos

CAPÍTULO III. Relaciones interadministrativas

CAPÍTULO IV. Instrumentos de ordenación territorial

Sección 1.ª Ordenación territorial de los caminos

Sección 2.ª Instrumentos de desarrollo en materia de caminos

Sección 3.ª Efectos de la ordenación en materia de caminos

CAPÍTULO V. De los usos de los caminos

CAPÍTULO VI. Condiciones generales para los diferentes usos y aprovechamientos

TÍTULO III. Rutas senderistas

CAPÍTULO I. Objetivos, definiciones y competencias

CAPÍTULO II. Constitución de rutas senderistas e implantación del Registro

CAPÍTULO III. Conservación, policía y señalización

TÍTULO IV. Infracciones y sanciones

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Ficha homologada para el Registro insular de caminos públicos

ANEXO II. Solicitud de homologación de ruta senderista

ANEXO III. Ficha para el Registro de rutas senderistas


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