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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Decreto-ley 29/2020, de 28 de julio, por el que se adoptan medidas presupuestarias en relación con el desarrollo de las actuaciones de atención social, ordenación y refuerzo de determinados servicios sociales de carácter residencial y de atención diurna contempladas en el Plan de contingencia para residencias, para hacer frente a los brotes de la pandemia generada por la COVID-19; por el que se mantiene la vigencia de preceptos en materia de infancia y adolescencia del Decreto-ley 11/2020, de 7 de abril, por el que se adoptan medidas económicas, sociales y administrativas para paliar los efectos de la pandemia generada por la COVID-19 y otras complementarias, y por el que se modifica el Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social, bajo el título de medidas de carácter social.

Publicado en:
«DOGC» núm. 8189, de 30/07/2020, «BOE» núm. 274, de 16/10/2020.
Entrada en vigor:
30/07/2020
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2020-12361
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ct/dl/2020/07/28/29/con

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 28/07/2020
  • Fecha de publicación: 16/10/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 30/07/2020
  • Aplicable en la forma indicada en la disposición adicional 1.
  • Publicada en el DOGC núm. 8189, de 30 de julio de 2020.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA los arts. 1, 3, 4, 5, 7, 8, 9 y la disposición adicional 1, por Decreto-ley 5/2022, de 17 de mayo (Ref. BOE-A-2022-10453).
  • SE MODIFICA los arts. 1, 3, 4, 5 y 7, por Decreto-ley 35/2020, de 20 de octubre (Ref. BOE-A-2020-14372).
  • SE PUBLICA Acuerdo de convalidación, por Resolución 909/XII, de 9 de septiembre (Ref. DOGC-f-2020-90377).

Referencias anteriores

  • MODIFICA los arts. 3, 6 y 8.2 del Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio (Ref. BOE-A-2020-8751).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 38 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre (Ref. BOE-A-2008-19526).
    • el art. 67.6 a) del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio (Ref. BOE-A-2006-13087).
  • EN RELACIÓN con la aplicación del art. 1 del Decreto-ley 19/2020, de 19 de mayo (Ref. BOE-A-2020-6428).
  • DECLARA la vigencia, en la forma indicada, de los arts. 8, 9 y la disposición adicional 1 del Decreto-ley 11/2020, de 7 de abril (Ref. BOE-A-2020-5648).

Materias

  • Asistencia sanitaria
  • Asistencia social
  • Ayudas
  • Cataluña
  • Centros residenciales para personas con discapacidad
  • Epidemias
  • Espectáculos
  • Establecimientos residenciales para la Tercera Edad
  • Presupuestos de las Comunidades Autónomas
  • Renta Mínima de Inserción
  • Servicios Públicos de Salud
  • Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas
  • Trabajadores

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