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Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23/10/2020.
Entrada en vigor:
24/10/2020
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2020-12822
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2020/10/20/jus987/con

Índice: «Última actualización, publicada el 04/10/2024»

Esta Orden se deja sin efecto, desde el 5 de octubre de 2024, por el apartado vigésimo sexto de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre. Ref. BOE-A-2024-20060

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Delegación de competencias y fijación de límites para la administración de los créditos para gasto

CAPÍTULO II. Competencias delegadas por la persona titular del Ministerio de Justicia

CAPÍTULO III. Competencias delegadas por la persona titular de la Secretaría de Estado de Justicia

CAPÍTULO IV. Competencias delegadas por la persona titular de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia

CAPÍTULO V. Competencias delegadas por la persona titular de la Subsecretaría

CAPÍTULO VI. Competencias delegadas por la persona titular de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado

CAPÍTULO VII. Competencias delegadas por la persona titular de Secretaría General Técnica

CAPÍTULO VIII. Competencias delegadas por la persona titular de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia

[Disposiciones finales]

[Firma]


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