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Circular 5/2020, de 25 de noviembre, del Banco de España, a entidades de pago y a entidades de dinero electrónico, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros, y que modifica la Circular 6/2001, de 29 de octubre, sobre titulares de establecimientos de cambio de moneda, y la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.

Publicado en:
«BOE» núm. 317, de 04/12/2020.
Entrada en vigor:
01/01/2021
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2020-15602
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/2020/11/25/5/con

Índice: «Última actualización, publicada el 04/12/2020»

[Preámbulo]

TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales

TÍTULO I. Información financiera pública

CAPÍTULO I. Contenido de la información financiera pública

CAPÍTULO II. Criterios de reconocimiento, valoración, presentación e información que se debe incluir en la memoria

TÍTULO II. Información financiera reservada

CAPÍTULO I. Criterios de elaboración

CAPÍTULO II. Estados reservados que deben remitirse al Banco de España

TÍTULO III. Desarrollo contable interno y control de gestión

TÍTULO IV. Presentación de información financiera en el Banco de España

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEJO 1. Información de las sucursales que operan en España de entidades de pago o de dinero electrónico extranjeras cuya sede central se encuentre en un Estado miembro del Espacio Económico Europeo y de las entidades que prestan servicios de pago acogidas al régimen de exención previsto en el artículo 14.1 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera

ANEJO 2. Estados financieros reservados individuales


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