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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Orden TMA/378/2020, de 30 de abril, por la que se definen los criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 01/05/2020.
Entrada en vigor:
01/05/2020
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2020-4759
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2020/04/30/tma378/con

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/04/2020
  • Fecha de publicación: 01/05/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 01/05/2020

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PRORROGA lo indicado del art. 8, por Orden TMA/498/2021, de 21 de mayo (Ref. BOE-A-2021-8657).
  • SE MODIFICA el art. 11.6 y SE AÑADEN el art. 10 bis y la disposición adicional única, por Real Decreto 1084/2020, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-15870).
  • SE PRORROGA:
    • lo indicado del art. 8, por Orden TMA/1134/2020, de 30 de noviembre (Ref. BOE-A-2020-15395).
    • lo indicado del art. 8, por Orden TMA/924/2020, de 29 de septiembre (Ref. BOE-A-2020-11576).

Referencias anteriores

Materias

  • Arrendamientos urbanos
  • Aval
  • Ayudas
  • Entidades de crédito
  • Epidemias
  • Estado de alarma
  • Formularios administrativos
  • Instituto de Crédito Oficial
  • Préstamos
  • Subvenciones

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