Se deja sin efecto la presente Orden, desde el 1 de enero de 2022, por el apartado Trigésimo cuarto.1.a) de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, con la excepción establecida en su apartado 2. Ref. BOE-A-2021-21944
CAPÍTULO I. Fijación de límites y delegación de competencias
CAPÍTULO II. Competencias delegadas por la persona titular del Ministerio de Hacienda
ANEXO I. Delegación de competencias previstas en el apartado 17 del artículo 7
ANEXO II. Delegación de competencias previstas en el apartado 18 del artículo 7
ANEXO III. Delegación de competencias previstas en el apartado 19 del artículo 7
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