[Vigencia agotada]
Téngase en cuenta que el permiso regulado en la presente Ley se aplicó entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020, según establece su art. 2, pudiéndose recuperar las horas de trabajo desde el día siguiente a la finalización del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta el 31 de diciembre de 2020, según establece su art. 3, por lo que debe entenderse que esta norma ha perdido su vigencia.
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