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Resolución de 28 de mayo de 2021, del Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de mayo de 2021, por el que se establecen los términos y condiciones del sexto tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos con la finalidad principal de financiar inversiones y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 01/06/2021.
Entrada en vigor:
01/06/2021
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2021-9063
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2021/05/28/(2)/con

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/05/2021
  • Fecha de publicación: 01/06/2021
  • Fecha de entrada en vigor: 01/06/2021

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el anexo I, por Resolución de 30 de noviembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-19802).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con:
  • EN RELACIÓN con el Acuerdo publicado por Resolución de 28 de julio de 2020 (Ref. BOE-A-2020-8686).

Materias

  • Aval
  • Ayudas
  • Créditos Presupuestarios
  • Empresas
  • Epidemias
  • Instituto de Crédito Oficial
  • Inversiones
  • Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
  • Pequeña y Mediana Empresa
  • Trabajadores autónomos

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