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Real Decreto 184/2022, de 8 de marzo, por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 19/03/2022.
Entrada en vigor:
20/03/2022
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2022-4361
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/03/08/184/con

Índice: «Texto original, publicado el 19/03/2022»

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Servicio de recarga energética

Sección I. Principios generales del servicio de recarga energética

Sección II. Derechos y obligaciones de los prestadores del servicio de recarga energética

Sección III. Régimen de autorizaciones para infraestructuras eléctricas de puntos de recarga de vehículos eléctricos de potencia superior a 250 kW y régimen sancionador

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Modelo de primera nota informativa a remitir por los comercializadores de referencia a los consumidores acogidos a la oferta alternativa al precio voluntario para el pequeño consumidor al precio fijo anual

ANEXO II. Modelo de segunda nota informativa a remitir por los comercializadores de referencia a los consumidores acogidos a la oferta alternativa al precio voluntario para el pequeño consumidor al precio fijo anual


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